Móstoles número 2 (BOCM-20210628-164)
Procedimiento 537/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 152

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021

Pág. 399

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
164

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA, letrada de la Administración de Justicia del
Juzgado de lo Social n.º 2 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 537/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DOÑA ANA ALEXANDRINA LACO frente a DOÑA ELSY VALERIA
ALAN REASCOS sobre despidos/ceses en general se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
Estimo la demanda formulada por DOÑA ANA ALEXANDRINA LACO frente a
DOÑA ELSY VALERIA ALAN REASCOS, y declaro la improcedencia del despido de
que fue objeto con efecto de 30/6/2020, y siendo irrealizable la readmisión al estar desaparecida la empresa, declaro en esta fecha extinguido el contrato de trabajo que unía a las partes, condenando a la demandada a estar y pasar por tales declaraciones, así como a que abone a la actora en concepto de indemnización la cantidad de 1.217,15 euros, y por los salarios
de tramitación la cantidad de 5.289,07 euros brutos.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días
siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá
acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de
este juzgado 2851-0000-61-0537-20 abierta en la oficina del Banco Santander 1564 sita en
Avda. Constitución 52 de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera
por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo
“observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos 2851-0000-61-0537-20.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DOÑA ELSY VALERIA ALAN
REASCOS, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/20.130/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210628-164

En Móstoles, a 2 de junio de 2021.