Madrid número 32 (BOCM-20210628-148)
Ejecución 100/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 374
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 152
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
148
MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 100/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALBERTO GARCIA-CALVO CALATAYUD frente a HOSTELERIA RENATO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente
resolución:
DILIGENCIA.- En Madrid, a veintisiete de mayo de dos mil veintiuno
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en esta
fecha ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias, presentado por D./Dña. ALBERTO GARCIA-CALVO CALATAYUD, solicitando la ejecución de LA SENTENCIA
DE 12/02/2021, por la que se condena a HOSTELERIA RENATO SL al pago de cantidad
líquida; así mismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta. Doy fe.
AUTO
En Madrid, a veintisiete de mayo de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. ALBERTO GARCIA-CALVO CALATAYUD, frente a la demandada HOSTELERIA RENATO SL, parte ejecutada, por un principal de 9.868,44 EUROS, más 1.973,68
EUROS del 20% de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2805-0000-64-0100-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S..Doy fe.
DECRETO
En Madrid, a veintisiete de mayo de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20210628-148
D./Dña. SONIA LOPEZ RAMALLO.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Pág. 374
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 152
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
148
MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 100/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALBERTO GARCIA-CALVO CALATAYUD frente a HOSTELERIA RENATO SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente
resolución:
DILIGENCIA.- En Madrid, a veintisiete de mayo de dos mil veintiuno
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que en esta
fecha ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias, presentado por D./Dña. ALBERTO GARCIA-CALVO CALATAYUD, solicitando la ejecución de LA SENTENCIA
DE 12/02/2021, por la que se condena a HOSTELERIA RENATO SL al pago de cantidad
líquida; así mismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta. Doy fe.
AUTO
En Madrid, a veintisiete de mayo de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. ALBERTO GARCIA-CALVO CALATAYUD, frente a la demandada HOSTELERIA RENATO SL, parte ejecutada, por un principal de 9.868,44 EUROS, más 1.973,68
EUROS del 20% de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2805-0000-64-0100-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S..Doy fe.
DECRETO
En Madrid, a veintisiete de mayo de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20210628-148
D./Dña. SONIA LOPEZ RAMALLO.
EL MAGISTRADO-JUEZ