D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210626-4)
Convenio – Convenio de colaboración de 9 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, la Universidad Autónoma de Madrid y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario “Puerta de Hierro Majadahonda”, para el mantenimiento y desarrollo del Instituto de Investigación Sanitaria del Hospital Universitario “Puerta de Hierro Majadahonda”, Segovia de Arana (IDIPHISA)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 151
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE JUNIO DE 2021
Pág. 31
Undécima
Comité Científico Externo
1. El Comité Científico Externo es uno de los órganos consultivos del IDIPHISA.
2. El Comité Científico Externo estará formado por un mínimo de cinco profesionales de alta cualificación y experiencia reconocida en el ámbito de la investigación.
3. Los miembros del Comité Científico Externo serán nombrados y cesados por el
Consejo Rector del IDIPHISA. El nombramiento se hará por un período de cuatro años, sin
perjuicio de que los miembros puedan ser reelegidos y sustituidos. Entre ellos, se designará un/a Presidente/a con voz y voto. El/la Secretario/a será elegido/a por y entre los miembros del Comité Científico Externo, con voz y voto.
4. Los miembros del Comité Científico Externo deben acreditar la ausencia de conflicto de interés que les impidan llevar a cabo las tareas asignadas como miembros del mismo.
5. Son funciones de este Comité:
— Emitir dictámenes a petición del Consejo Rector o de la Comisión Delegada.
— Valorar y estudiar la posible integración de nuevas entidades.
— Evaluar la actividad científica realizada en el IDIPHISA y asesorar al Consejo
Rector y al/a la Director/a Científico/a, velando por la calidad de dicha actividad.
— En general, asesorar en los asuntos relacionados con la investigación al IDIPHISA.
6. El Comité Científico Externo se debe reunir como mínimo una vez al año, y tantas veces como lo solicite el/la Director/a Científico/a del IDIPHISA, a iniciativa propia o
de la Comisión Delegada, si procede, y sus acuerdos y propuestas han de ser elevadas al
Consejo Rector.
7. La constancia de estas reuniones y de las decisiones que en ellas tienen lugar debe
quedar recogida en las correspondientes actas, que deberán ser firmadas por el/la Presidente/a del Comité y el/la Secretario/a del mismo.
Duodécima
Comité Científico Interno
El Comité Científico Interno es uno de los órganos consultivos del IDIPHISA.
El Comité Científico Interno estará constituido por los siguientes miembros:
Presidente/a: El/la Director/a Científico/a del IDIPHISA.
Vocales:
d Formarán parte del Comité Científico Interno un mínimo de ocho vocales y un
máximo de diecisiete.
d Un máximo de dos tercios de los miembros será propuesto por los hospitales.
d Un tercio de los miembros lo serán a propuesta de la UAM.
— Secretario/a: El/la Secretario/a será elegido/a por y entre los miembros del Comité
Científico Interno con voz y voto.
3. La determinación del número de miembros del Comité Científico Interno será previamente establecida por el Consejo Rector, quien además nombrará a sus miembros respetando la proporción establecida en el punto anterior, así como cesará a los mismos. El
nombramiento se hará por un período de cuatro años, sin perjuicio de que los miembros
puedan ser reelegidos y sustituidos.
4. Funciones del Comité Científico Interno:
— Asesorar a la Dirección en la actividad investigadora del IDIPHISA.
— Asesorar en la planificación de la investigación y política científica en el IDIPHISA.
— Asesorar en la definición de las áreas y líneas de investigación.
— Asesorar a los órganos de dirección sobre la incorporación y permanencia de investigadores y grupos de investigación.
— Elaborar informes relativos a los proyectos para los que se solicita financiación,
aprobando o denegando su desarrollo.
— Informar sobre la adecuación y adquisición de infraestructura.
— Informar sobre la dotación de recursos humanos.
— Controlar la calidad de la investigación.
5. El Comité Científico Interno deberá reunirse como mínimo una vez cada tres meses.
BOCM-20210626-4
1.
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B.O.C.M. Núm. 151
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE JUNIO DE 2021
Pág. 31
Undécima
Comité Científico Externo
1. El Comité Científico Externo es uno de los órganos consultivos del IDIPHISA.
2. El Comité Científico Externo estará formado por un mínimo de cinco profesionales de alta cualificación y experiencia reconocida en el ámbito de la investigación.
3. Los miembros del Comité Científico Externo serán nombrados y cesados por el
Consejo Rector del IDIPHISA. El nombramiento se hará por un período de cuatro años, sin
perjuicio de que los miembros puedan ser reelegidos y sustituidos. Entre ellos, se designará un/a Presidente/a con voz y voto. El/la Secretario/a será elegido/a por y entre los miembros del Comité Científico Externo, con voz y voto.
4. Los miembros del Comité Científico Externo deben acreditar la ausencia de conflicto de interés que les impidan llevar a cabo las tareas asignadas como miembros del mismo.
5. Son funciones de este Comité:
— Emitir dictámenes a petición del Consejo Rector o de la Comisión Delegada.
— Valorar y estudiar la posible integración de nuevas entidades.
— Evaluar la actividad científica realizada en el IDIPHISA y asesorar al Consejo
Rector y al/a la Director/a Científico/a, velando por la calidad de dicha actividad.
— En general, asesorar en los asuntos relacionados con la investigación al IDIPHISA.
6. El Comité Científico Externo se debe reunir como mínimo una vez al año, y tantas veces como lo solicite el/la Director/a Científico/a del IDIPHISA, a iniciativa propia o
de la Comisión Delegada, si procede, y sus acuerdos y propuestas han de ser elevadas al
Consejo Rector.
7. La constancia de estas reuniones y de las decisiones que en ellas tienen lugar debe
quedar recogida en las correspondientes actas, que deberán ser firmadas por el/la Presidente/a del Comité y el/la Secretario/a del mismo.
Duodécima
Comité Científico Interno
El Comité Científico Interno es uno de los órganos consultivos del IDIPHISA.
El Comité Científico Interno estará constituido por los siguientes miembros:
Presidente/a: El/la Director/a Científico/a del IDIPHISA.
Vocales:
d Formarán parte del Comité Científico Interno un mínimo de ocho vocales y un
máximo de diecisiete.
d Un máximo de dos tercios de los miembros será propuesto por los hospitales.
d Un tercio de los miembros lo serán a propuesta de la UAM.
— Secretario/a: El/la Secretario/a será elegido/a por y entre los miembros del Comité
Científico Interno con voz y voto.
3. La determinación del número de miembros del Comité Científico Interno será previamente establecida por el Consejo Rector, quien además nombrará a sus miembros respetando la proporción establecida en el punto anterior, así como cesará a los mismos. El
nombramiento se hará por un período de cuatro años, sin perjuicio de que los miembros
puedan ser reelegidos y sustituidos.
4. Funciones del Comité Científico Interno:
— Asesorar a la Dirección en la actividad investigadora del IDIPHISA.
— Asesorar en la planificación de la investigación y política científica en el IDIPHISA.
— Asesorar en la definición de las áreas y líneas de investigación.
— Asesorar a los órganos de dirección sobre la incorporación y permanencia de investigadores y grupos de investigación.
— Elaborar informes relativos a los proyectos para los que se solicita financiación,
aprobando o denegando su desarrollo.
— Informar sobre la adecuación y adquisición de infraestructura.
— Informar sobre la dotación de recursos humanos.
— Controlar la calidad de la investigación.
5. El Comité Científico Interno deberá reunirse como mínimo una vez cada tres meses.
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