Madrid número 5 (BOCM-20210625-123)
Procedimiento 884/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 150

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021

Pág. 467

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
123

MADRID NÚMERO 5
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 884/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FLORIN VIMAN, D./Dña. ANGEL BORISLAVOV ANGELOV,
D./Dña. JESUS MARIANO JIMENEZ GONZALEZ y D./Dña. VESELIN TSVETANOV
MARINOV frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL y LOOK ADVERTISING SL
sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA NÚMERO 197/21
EN NOMBRE DEL REY
En Madrid a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
VISTOS por la Ilustrísima Sra. DOÑA ANGELA MOSTAJO VEIGA, MagistradaJuez del Juzgado de lo Social nº 5 de los de Madrid los presentes autos sobre DESPIDO
siendo partes en los mismos, de una como demandantes D. FLORIN VIMAN, D. JESÚS
MARIANO JIMÉNEZ GONZÁLEZ, D. ANGEL BORISLAVOV ANGELOV y D. VESELIN TSVETANOV MARINOV asistidos por el Letrado D. Miguel Ángel de la Llave
Casillas y de otra, como demandada LOOK ADVERTISING SL que no comparece, con citación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL que no comparece.
FALLO
Que estimando las demandas interpuestas por D. FLORIN VIMAN, D. JESÚS MARIANO JIMÉNEZ GONZÁLEZ, D. ANGEL BORISLAVOV ANGELOV y D. VESELIN
TSVETANOV MARINOV contra LOOK ADVERTISING SL, con citación del FONDO
DE GARANTÍA SALARIAL debo declarar IMPROCEDENTE el despido de los actores
condenado a la empresa a que, a su opción, que deberá ejercitar en el plazo de CINCO DÍAS
de forma expresa ante la Secretaría de este Juzgado, les readmita en su mismo puesto de trabajo o les indemnice en las siguientes sumas:

Abonando en caso de readmisión los salarios dejados de percibir desde la fecha del
despido hasta notificación de Sentencia a razón diaria cada uno de 43,95 euros en el bien
entendido de que si se opta por la indemnización en el plazo y forma indicado no se devengarán salarios de tramitación y el vínculo laboral se entenderá extinguido a la fecha de despido. La simple consignación de la indemnización no sustituye a la opción expresa.
Notifíquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y
contra ella cabe formular RECURSO DE SUPLICACIÓN al Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o
de su abogado, o representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del plazo indicado.

BOCM-20210625-123

D. FLORIN VIMAN, 5.075,91 euros.
D. JESÚS MARIANO JIMÉNEZ GONZÁLEZ, 16.161,62 euros.
D. ANGEL BORISLAVOV ANGELOV, 5.075,91 euros.
D. VESELIN TSVETANOV MARINOV, 13.854,38 euros.