Madrid número 20 (BOCM-20210625-101)
Procedimiento 262/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 150

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021

Pág. 441

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
101

MADRID NÚMERO 20
EDICTO

Doña Virginia Marta González Granado, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 20.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (desahucio
precario-250.1.2) número 262/2020, instados por Procurador D. Mauricio Gordillo Alcalá,
en nombre y representación de Buildingcenter, S. A. U., contra ignorados ocupantes de la
calle Cactus 1(B), Es. 2, Pl. 01, Pt. C, en los que se ha dictado, en fecha 24 de mayo de 2021,
sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
“Fallo

BOCM-20210625-101

Que, estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador Sr. Gordillo
Alcalá, en nombre y representación de Building Center, S. A. U., contra los ignorados ocupantes de la calle Cactus 1(B), Es. 2, Pl. 01, Pt. C, Madrid:
Se declara la ocupación de los demandados, sin título que les legitime para ello, de la
vivienda sita en la calle Cactus 1(B), Es. 2, Pl. 01, Pt. C, Madrid.
En consecuencia, se acuerda el desahucio de los demandados de dicha vivienda, que
deberán dejar libre y a disposición de su propietario en el plazo legal, con el apercibimiento de que, de no hacerlo podrán ser lanzados por la fuerza y a su costa.
Se imponen las costas de esta primera instancia a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
recurso de apelación, el cual habrá de interponerse en el plazo de veinte días desde la notificación de la misma ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial.
Para ello será necesario consignar depósito de 50 euros en la cuenta de “Depósitos y
consignaciones” de este Juzgado, acreditándose el mismo adjuntando copia del resguardo
de ingreso junto al escrito (Ley Orgánica 1/09 de 3 de noviembre que añade a la Ley Orgánica del Poder Judicial la disposición adicional decimoquinta).
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos,
lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez”.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado ignorados ocupantes de la calle Cactus 1(B), Es. 2, Pl. 01, Pt. C, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este tribunal.
En Madrid, a 24 de mayo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(02/20.298/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791