Madrid número 16 (BOCM-20210625-146)
Ejecución 33/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
Pág. 493
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
146
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ANA CORRECHEL CALVO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 33/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LAURA GRANDA REYERO frente a ESCUELA INFANTIL
NIMU SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
“A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 6.888,17 EUROS de
principal; 688,82 euros de intereses y 688,82 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado ESCUELA INFANTIL NIMU SL, sin
perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, remítanse por correo certificado testimonios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación”.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESCUELA INFANTIL
NIMU SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a uno de junio de dos mil veintiuno.
BOCM-20210625-146
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/19.892/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 150
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VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
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JUZGADO DE LO SOCIAL DE
146
MADRID NÚMERO 16
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ANA CORRECHEL CALVO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 33/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LAURA GRANDA REYERO frente a ESCUELA INFANTIL
NIMU SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
“A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 6.888,17 EUROS de
principal; 688,82 euros de intereses y 688,82 euros calculados para costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado ESCUELA INFANTIL NIMU SL, sin
perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, remítanse por correo certificado testimonios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación”.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESCUELA INFANTIL
NIMU SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a uno de junio de dos mil veintiuno.
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(03/19.892/21)
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ISSN 1989-4791