C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210625-27)
Convocatoria subvenciones –  Orden 951/2021, de 10 de junio, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se convocan para 2021 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 200

VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 150

6. Que la entidad a la que representa ha obtenido las siguientes ayudas de la Comunidad de
Madrid
Proyecto(1)

Organismo o centro
directivo(2)

Importe

Justificada(3)

(1)

Proyecto: Indicar el nombre del proyecto para el que se ha solicitado o se ha recibido la ayuda.
Organismo: Indicar la entidad pública o privada a la que se ha solicitado financiación para ayudas o subvenciones.
(3)Justificada: Indicar SI en el caso de que se haya justificado la ayuda y NO en caso contrario.
(2)

7.

Que la entidad a la que representa (cumplimentar sólo en caso de que la subvención se solicite

por primera vez o en caso de que haya variado la situación respecto de la declarada al amparo de la
convocatoria inmediatamente anterior)
{ NO
{ SÍ

Está exenta de IVA.

En caso de respuesta afirmativa indicar la causa de exención:

8. A los efectos previstos en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de Enero, de
Protección Jurídica del Menor, declara que todo el personal (incluido el personal voluntario)
dependiente de dicha Entidad que participa en el/los proyecto/s para el/los que concurre a la presente
convocatoria de subvenciones, no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la
libertad e indemnidad sexual.

‫܆‬

‫܆‬
10. Que la entidad tiene experiencia y está especializada en la atención al colectivo o colectivos a
los que se dirige el proyecto para el que se solicita subvención.

‫܆‬

BOCM-20210625-27

9. Que no se han modificado los datos incluidos en la documentación aportada al solicitar la
subvención al amparo de la convocatoria inmediatamente anterior (Orden 987/2020 de 19 de agosto)
previstos en el artículo 20.4 a) de la Orden 994/2019 de 24 de junio, por la que se aprueban las bases
reguladoras de estas subvenciones.