D) Anuncios - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210625-38)
Convenio – Convenio de 9 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y la Fundación Acción contra el Hambre, para la realización del proyecto “Curso de técnico especialista en Logística Humanitaria”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
Pág. 303
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Políticas Sociales, Familias,
Igualdad y Natalidad
38
CONVENIO de 9 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y la Fundación Acción
contra el Hambre, para la realización del proyecto “Curso de técnico especialista en Logística Humanitaria”.
De una parte, el Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, actuando por suplencia según Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, el Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid en funciones don
Enrique Ruiz Escudero, en virtud del Decreto 18/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 4.3
de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a
la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, don Olivier Longué, actuando en nombre y representación de la Fundación
Acción contra el Hambre como apoderado general, según lo dispuesto en la escritura de
apoderamiento número 2.156, de fecha 15 de junio de 1995, otorgada ante el notario don
Gabriel Baleriola Lucas, del Ilustre Colegio de Madrid,
I. La Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid, reconoce la ayuda humanitaria como instrumento al servicio del derecho a
la vida y a la dignidad humana en condiciones de riesgo y amenaza. En particular, el artículo 5.c) de la referida ley contempla, en este sentido y de manera expresa, la ayuda de emergencia y la ayuda alimentaria.
II. Asimismo, la citada Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid, dedica su capítulo V a la participación de la sociedad madrileña en la cooperación para el desarrollo en general, disponiendo en su artículo 16 la
obligación de la Comunidad de Madrid de fomentar la actividad y participación de las organizaciones no gubernamentales y otros agentes en dicho ámbito.
III. La Comunidad de Madrid considera fundamental la colaboración con las organizaciones no gubernamentales para fomentar la formación en temas relacionados con el desarrollo, la cooperación y la acción humanitaria y de emergencia, por la garantía que conlleva su especialización y experiencia en estos ámbitos.
IV. En particular, la ayuda humanitaria internacional se despliega en un contexto de
catástrofes, conflictos bélicos y desastres naturales de tal complejidad que hace preciso
contar con profesionales especializados en las distintas áreas que deben ser desarrolladas
en los proyectos de acción humanitaria ejecutados en crisis internacionales, desastres o
emergencias de cualquier índole.
V. La ayuda humanitaria internacional concierne a sectores tan complejos y variados como la logística-almacenamiento, obras públicas, tratamiento de aguas, laboratorios,
técnicas alimentarias, vigilancia y seguridad, generación de energía, etcétera. Todos estos
ámbitos requieren de acciones relacionadas con la logística.
VI. La necesidad de una adecuada especialización en logística en la acción humanitaria cobra especial importancia por las situaciones extraordinarias en que este tipo de actuaciones han de desarrollarse hasta el punto de que una intervención y respuesta adecuada, inmediata y profesional en este ámbito puede traducirse en un mayor número de vidas
salvadas o de sufrimiento evitado. Se trata, por tanto, de una materia en la que las decisiones y los métodos de trabajo de los profesionales resultan determinantes y de vital trascen-
BOCM-20210625-38
EXPONEN
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Igualdad y Natalidad
38
CONVENIO de 9 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería
de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad) y la Fundación Acción
contra el Hambre, para la realización del proyecto “Curso de técnico especialista en Logística Humanitaria”.
De una parte, el Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, actuando por suplencia según Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, el Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid en funciones don
Enrique Ruiz Escudero, en virtud del Decreto 18/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta de
la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 4.3
de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a
la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y de otra, don Olivier Longué, actuando en nombre y representación de la Fundación
Acción contra el Hambre como apoderado general, según lo dispuesto en la escritura de
apoderamiento número 2.156, de fecha 15 de junio de 1995, otorgada ante el notario don
Gabriel Baleriola Lucas, del Ilustre Colegio de Madrid,
I. La Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid, reconoce la ayuda humanitaria como instrumento al servicio del derecho a
la vida y a la dignidad humana en condiciones de riesgo y amenaza. En particular, el artículo 5.c) de la referida ley contempla, en este sentido y de manera expresa, la ayuda de emergencia y la ayuda alimentaria.
II. Asimismo, la citada Ley 13/1999, de 29 de abril, de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid, dedica su capítulo V a la participación de la sociedad madrileña en la cooperación para el desarrollo en general, disponiendo en su artículo 16 la
obligación de la Comunidad de Madrid de fomentar la actividad y participación de las organizaciones no gubernamentales y otros agentes en dicho ámbito.
III. La Comunidad de Madrid considera fundamental la colaboración con las organizaciones no gubernamentales para fomentar la formación en temas relacionados con el desarrollo, la cooperación y la acción humanitaria y de emergencia, por la garantía que conlleva su especialización y experiencia en estos ámbitos.
IV. En particular, la ayuda humanitaria internacional se despliega en un contexto de
catástrofes, conflictos bélicos y desastres naturales de tal complejidad que hace preciso
contar con profesionales especializados en las distintas áreas que deben ser desarrolladas
en los proyectos de acción humanitaria ejecutados en crisis internacionales, desastres o
emergencias de cualquier índole.
V. La ayuda humanitaria internacional concierne a sectores tan complejos y variados como la logística-almacenamiento, obras públicas, tratamiento de aguas, laboratorios,
técnicas alimentarias, vigilancia y seguridad, generación de energía, etcétera. Todos estos
ámbitos requieren de acciones relacionadas con la logística.
VI. La necesidad de una adecuada especialización en logística en la acción humanitaria cobra especial importancia por las situaciones extraordinarias en que este tipo de actuaciones han de desarrollarse hasta el punto de que una intervención y respuesta adecuada, inmediata y profesional en este ámbito puede traducirse en un mayor número de vidas
salvadas o de sufrimiento evitado. Se trata, por tanto, de una materia en la que las decisiones y los métodos de trabajo de los profesionales resultan determinantes y de vital trascen-
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