Madrid número 1 (BOCM-20210624-89)
Ejecución 169/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
Pág. 321
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
89
MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DON LAURO ARELLANO MARTÍNEZ, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 169/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DON JESÚS ARMANDO VERAMÉNDEZ VÁZQUEZ frente a SIERVALMAR, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a DON JESÚS ARMANDO VERAMÉNDEZ VÁZQUEZ con la empresa SIERVALMAR, S. L., condenando a esta a que
abone a aquel la cantidad de 1.638,12 euros, en concepto de indemnización, y la cantidad
de 17.349,18 euros, en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN
ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2499-0000-64-0169-20 y para pagos en
ventanilla 2499-0000-64-0169-20.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SIERVALMAR, S. L., en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 13 de abril de 2021.
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210624-89
(03/19.783/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
Pág. 321
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
89
MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DON LAURO ARELLANO MARTÍNEZ, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 169/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DON JESÚS ARMANDO VERAMÉNDEZ VÁZQUEZ frente a SIERVALMAR, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Se declara extinguida la relación laboral que unía a DON JESÚS ARMANDO VERAMÉNDEZ VÁZQUEZ con la empresa SIERVALMAR, S. L., condenando a esta a que
abone a aquel la cantidad de 1.638,12 euros, en concepto de indemnización, y la cantidad
de 17.349,18 euros, en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander; para pagos por transferencia IBAN
ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2499-0000-64-0169-20 y para pagos en
ventanilla 2499-0000-64-0169-20.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SIERVALMAR, S. L., en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 13 de abril de 2021.
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210624-89
(03/19.783/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791