Madrid número 9 (BOCM-20210624-103)
Ejecución 114/2021
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 344
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 149
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir
oposición a la ejecución en los términos previstos en el art. 239.4 de la L.J.S., y pudiendo
alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento
(art. 101.c L.J.S.); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen
de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el BANCO SANTANDER 2507-0000-64-0114-21.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SHIKKU RESTAURACION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210624-103
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/19.653/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 344
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 149
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir
oposición a la ejecución en los términos previstos en el art. 239.4 de la L.J.S., y pudiendo
alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento
(art. 101.c L.J.S.); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen
de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el BANCO SANTANDER 2507-0000-64-0114-21.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SHIKKU RESTAURACION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210624-103
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/19.653/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791