Madrid número 9 (BOCM-20210624-101)
Ejecución 108/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021

Pág. 341

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101

MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 108/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. PABLO ANDRES LOZANO SONGOR frente a AMIGOS DE VALVERDE S.L.
sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
“Despachar orden general de ejecución de SENTENCIA de fecha 25/11/2020, aclarada por Auto de fecha 15/12/2020 a favor de la parte ejecutante, D. PABLO ANDRES LOZANO SONGOR, frente a la demandada AMIGOS DE VALVERDE S.L., parte ejecutada, por un principal de 1.215,01 EUROS, más 121,50 EUROS y 121,50 EUROS de
intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir
oposición a la ejecución en los términos previstos en el art. 239.4 de la L.J.S., y pudiendo
alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento
(art. 101.c L.J.S.); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen
de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el BANCO SANTANDER 2507-0000-64-0108-21”.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a AMIGOS DE VALVERDE S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 27 de mayo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210624-101

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/19.649/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791