D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210624-33)
Convenio – Convenio de colaboración de 10 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y Google Ireland Limited, para contribuir a la mejora de la competencia digital en el ámbito educativo mediante el uso de Workspace for Education
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 149
El tratamiento de datos se dará durante el plazo especificado en la Adenda de
Procesamiento de Datos. Dicho plazo terminará automáticamente tras el borrado de todos los datos por parte del Importador de Datos tal y como se describe
en la Adenda de Procesamiento de Datos.
d Borrado de Datos.
Durante la duración del Contrato de Servicios, el Importador de Datos proporcionará al Exportador de Datos la capacidad de borrar los datos personales del
Exportador de Datos en los Servicios de conformidad con el Contrato de Servicios. Tras la terminación o expiración del Contrato de Servicios, el Importador
de Datos borrará los datos personales del Exportador de Datos de acuerdo con
la Adenda de Tratamiento de Datos.
d Acceso a los Datos.
Durante la duración del Contrato de Servicios, el Importador de Datos proporcionará al Exportador de Datos el acceso y la capacidad de rectificar, restringir
el tratamiento de y exportar datos personales del Exportador de Datos en los
Servicios de conformidad con el Contrato de Servicios.
d Subencargados.
El Importador de Datos podrá contratar a Subencargados para que presten determinadas partes de los Servicios y servicios de soporte técnico relacionados.
El Importador de Datos garantizará que los Subencargados solo acceden y usan
los datos personales del Exportador de Datos para prestar los Servicios y servicios de soporte técnico relacionados para ningún otro propósito.
Apéndice 2
A las Cláusulas Contractuales Tipo.
Este Apéndice forma parte de las Cláusulas.
Descripción de las medidas de seguridad técnicas y organizativas puestas en práctica
por el Importador de Datos de conformidad con la letra d) de la cláusula 4 y la letra c) de la
cláusula 5 (o documento o legislación adjuntos):
El Importador de Datos adopta y aplica las medidas de seguridad de este Apéndice 2.
El Importador de Datos podrá actualizar o modificar estas medidas de seguridad en cualquier momento siempre y cuando dichas actualizaciones o modificaciones no conlleven una
degradación en la seguridad global de los Servicios durante el plazo de duración del Contrato de Servicios.
1. Centro de Datos y Red de Seguridad.
(a) Centros de Datos.
— Infraestructura. El Importador de Datos mantiene centros de datos geográficamente distribuidos. El Importador de Datos almacena toda la producción de
datos en centros de datos físicamente seguros.
— Redundancia. Los sistemas de infraestructura han sido diseñados para eliminar puntos únicos de fallo y minimizar el impacto de los riesgos ambientales
previstos. Circuitos dobles, interruptores, redes u otros dispositivos necesarios ayudan a proporcionar esta redundancia. Los Servicios se han diseñado
para permitir a el Importador de Datos realizar algunos tipos de mantenimiento preventivo y correctivo sin interrupción. Todos los equipos e instalaciones
ambientales cuentan con procedimientos de mantenimiento preventivo documentados, que detallan el proceso y la frecuencia con que realizarlos de acuerdo con especificaciones internas o del fabricante. El mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de los centros de datos está programado a
través de un proceso estándar de cambio de conformidad con los procedimientos documentados.
— Energía. Los sistemas de energía eléctrica del centro de datos están diseñados
para ser redundantes y para que las labores de mantenimiento no afecten a las
operaciones continuas, 24 horas al día, y los 7 días de la semana. En la mayor
parte de los casos, se dispone de una fuente de energía primaria y de una fuente de energía alternativa, cada una con la misma capacidad, para los elementos de infraestructura críticos del centro de datos. Se cuenta con varios mecanismos de energía de apoyo, como un sistema de alimentación ininterrumpida
(SAI) que suministra protección energética fiable durante apagones parciales,
BOCM-20210624-33
Pág. 196
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 149
El tratamiento de datos se dará durante el plazo especificado en la Adenda de
Procesamiento de Datos. Dicho plazo terminará automáticamente tras el borrado de todos los datos por parte del Importador de Datos tal y como se describe
en la Adenda de Procesamiento de Datos.
d Borrado de Datos.
Durante la duración del Contrato de Servicios, el Importador de Datos proporcionará al Exportador de Datos la capacidad de borrar los datos personales del
Exportador de Datos en los Servicios de conformidad con el Contrato de Servicios. Tras la terminación o expiración del Contrato de Servicios, el Importador
de Datos borrará los datos personales del Exportador de Datos de acuerdo con
la Adenda de Tratamiento de Datos.
d Acceso a los Datos.
Durante la duración del Contrato de Servicios, el Importador de Datos proporcionará al Exportador de Datos el acceso y la capacidad de rectificar, restringir
el tratamiento de y exportar datos personales del Exportador de Datos en los
Servicios de conformidad con el Contrato de Servicios.
d Subencargados.
El Importador de Datos podrá contratar a Subencargados para que presten determinadas partes de los Servicios y servicios de soporte técnico relacionados.
El Importador de Datos garantizará que los Subencargados solo acceden y usan
los datos personales del Exportador de Datos para prestar los Servicios y servicios de soporte técnico relacionados para ningún otro propósito.
Apéndice 2
A las Cláusulas Contractuales Tipo.
Este Apéndice forma parte de las Cláusulas.
Descripción de las medidas de seguridad técnicas y organizativas puestas en práctica
por el Importador de Datos de conformidad con la letra d) de la cláusula 4 y la letra c) de la
cláusula 5 (o documento o legislación adjuntos):
El Importador de Datos adopta y aplica las medidas de seguridad de este Apéndice 2.
El Importador de Datos podrá actualizar o modificar estas medidas de seguridad en cualquier momento siempre y cuando dichas actualizaciones o modificaciones no conlleven una
degradación en la seguridad global de los Servicios durante el plazo de duración del Contrato de Servicios.
1. Centro de Datos y Red de Seguridad.
(a) Centros de Datos.
— Infraestructura. El Importador de Datos mantiene centros de datos geográficamente distribuidos. El Importador de Datos almacena toda la producción de
datos en centros de datos físicamente seguros.
— Redundancia. Los sistemas de infraestructura han sido diseñados para eliminar puntos únicos de fallo y minimizar el impacto de los riesgos ambientales
previstos. Circuitos dobles, interruptores, redes u otros dispositivos necesarios ayudan a proporcionar esta redundancia. Los Servicios se han diseñado
para permitir a el Importador de Datos realizar algunos tipos de mantenimiento preventivo y correctivo sin interrupción. Todos los equipos e instalaciones
ambientales cuentan con procedimientos de mantenimiento preventivo documentados, que detallan el proceso y la frecuencia con que realizarlos de acuerdo con especificaciones internas o del fabricante. El mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de los centros de datos está programado a
través de un proceso estándar de cambio de conformidad con los procedimientos documentados.
— Energía. Los sistemas de energía eléctrica del centro de datos están diseñados
para ser redundantes y para que las labores de mantenimiento no afecten a las
operaciones continuas, 24 horas al día, y los 7 días de la semana. En la mayor
parte de los casos, se dispone de una fuente de energía primaria y de una fuente de energía alternativa, cada una con la misma capacidad, para los elementos de infraestructura críticos del centro de datos. Se cuenta con varios mecanismos de energía de apoyo, como un sistema de alimentación ininterrumpida
(SAI) que suministra protección energética fiable durante apagones parciales,
BOCM-20210624-33
Pág. 196
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