C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210624-24)
Calendario escolar –  Orden 1734/2021, de 15 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establece el calendario escolar para el curso 2021-2022 en los centros educativos no universitarios sostenidos con Fondos Públicos de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 138

JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 149

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación y Juventud
24

ORDEN 1734/2021, de 15 de junio, del Consejero de Educación y Juventud, por
la que se establece el calendario escolar para el curso 2021-2022 en los centros
educativos no universitarios sostenidos con Fondos Públicos de la Comunidad
de Madrid.

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, la Administración educativa debe establecer anualmente el calendario escolar, que comprenderá un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias.
En el proceso de elaboración de esta Orden han sido oídas las organizaciones representativas del profesorado y ha emitido dictamen el Consejo Escolar de la Comunidad de
Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1 de la Ley 12/1999, de 29 de abril, de Creación del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid. Asimismo, se ha tenido en cuenta el artículo 41.d)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de
Madrid.
En uso de las competencias atribuidas por el Decreto 288/2019, de 12 de noviembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación y Juventud,
DISPONGO
Primero
Objeto y ámbito de aplicación
La presente Orden tiene por objeto establecer el calendario escolar para el curso 2021-2022.
Su contenido será de aplicación en los centros sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación
Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Personas Adultas en la Comunidad de Madrid.
Segundo
2.1. Actividades escolares: las actividades escolares se desarrollarán entre los días 1
de septiembre de 2021 y 30 de junio de 2022, salvo en las Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos que desarrollarán su actividad escolar entre los días 1 de septiembre de 2021 y 29 de julio de 2022, con excepción,
en todos los casos, de las correspondientes vacaciones y días festivos.
2.2. Actividades lectivas:
2.2.1. En las Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas
sostenidas con fondos públicos, las actividades lectivas comenzarán el día 6 de septiembre de 2021 y finalizarán el día 29 de julio de 2022.
El alumnado escolarizado en unidades de segundo ciclo de Educación Infantil en Escuelas Infantiles, Casas de Niños y Escuelas Infantiles privadas sostenidas con fondos públicos podrá hacer uso del calendario de primer ciclo de Educación Infantil en las condiciones que oportunamente establezca la Consejería de Educación y Juventud.
2.2.2. En los centros que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación
Primaria o Educación Especial, las actividades lectivas comenzarán el día 7 de septiembre
de 2021 y finalizarán el 24 de junio de 2022.

BOCM-20210624-24

Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial