Olmeda de las Fuentes (BOCM-20210623-59)
Organización y funcionamiento. Ordenanza títulos habilitantes materia urbanística
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 148

DISPOSICIONES FINALES

BOCM-20210623-59

Primera. Facultad de interpretación y dirección.—Se faculta a la Alcaldía Presidencia u órgano en quién delegue para la concesión de las licencias para que, previos los informes técnicos que considere oportunos, pueda interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación de la Ordenanza a la hora de dictar las correspondiente Resoluciones y
para dictar las Instrucciones necesarias para disponer el homogéneo y adecuado cumplimiento de esta.
Segunda. Administración Electrónica.—Se garantizarán por el órgano competente
para la concesión de las licencias los derechos de los ciudadanos a relacionarse de manera
electrónica con la administración de conformidad con la legislación de vigente.
Tercera. Entrada en vigor.—La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince
días hábiles siguientes al de la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID conforme a lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
En Olmeda de las Fuentes, a 8 de junio de 2021.—La alcaldesa-presidenta, María
Victoria Roldán Prieto.
(03/20.798/21)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791