Olmeda de las Fuentes (BOCM-20210623-59)
Organización y funcionamiento. Ordenanza títulos habilitantes materia urbanística
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 148
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
OLMEDA DE LAS FUENTES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 26 de marzo de 2021 aprobatorio de la Ordenanza Reguladora de la Tramitación de Títulos Habilitantes en Materia Urbanística de Olmeda de las Fuentes, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local:
ORDENANZA REGULADORA DE LOS TÍTULOS HABILITANTES
DE NATURALEZA URBANÍSTICA
Tras la reciente aprobación por el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tramitación de Licencias Urbanísticas el 19 de agosto de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 200), se ha producido la
aprobación de la Ley 1/2020, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17
de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística.
Esta modificación legal, implica la necesidad de que el Ayuntamiento actualice la recientemente aprobada Ordenanza Municipal Reguladora de la Tramitación de Licencias
Urbanísticas, con la Nueva Ordenanza Reguladora de la Tramitación de Títulos Habilitantes en Materia Urbanística de Olmeda de las Fuentes.
La presente Ordenanza contiene las disposiciones particulares relativas a la tramitación administrativa de los diversos modos de intervención en la actividad de los particulares en el ámbito de los actos de control de las actuaciones urbanísticas, regulando por una
parte la licencia o autorización previa y por otra la declaración responsable con control a
posteriori de lo actuado por el administrado.
Con esta Ordenanza el Ayuntamiento pretende adaptar los procedimientos administrativos para la tramitación de las actuaciones urbanísticas adaptándose a los numerosos cambios legislativos acaecidos en los últimos años.
La entrada en vigor de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a los Servicios en el Mercado Interior, impuso a los Estados miembros la obligación de eliminar todas las trabas jurídicas y barreras administrativas
injustificadas a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios.
El Estado incorporó los principios de la citada Directiva al derecho interno por medio
de un conjunto normativo constituido por la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre
acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de modificación de
diversas leyes —entre las que cabe destacar la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local— para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades
de servicios y su ejercicio.
Seguidamente, el Estado aprobó la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, que también modificó la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local para introducir dos nuevos artículos, el 84 bis y el 84 ter, que establecen que, con carácter general, el
ejercicio de las actividades no se someterá a la obtención de licencia u otro medio de control preventivo.
El Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización
del comercio y de determinados servicios, que posteriormente fue objeto de tramitación
parlamentaria y aprobación como Ley 12/2012, de 26 de diciembre, del mismo nombre,
avanza en los citados postulados mediante la eliminación de cargas administrativas que en
principio retrasan o paralizan el inicio y progreso de la actividad mercantil en el ámbito del
pequeño y mediano comercio.
BOCM-20210623-59
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Pág. 192
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 148
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59
OLMEDA DE LAS FUENTES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 26 de marzo de 2021 aprobatorio de la Ordenanza Reguladora de la Tramitación de Títulos Habilitantes en Materia Urbanística de Olmeda de las Fuentes, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local:
ORDENANZA REGULADORA DE LOS TÍTULOS HABILITANTES
DE NATURALEZA URBANÍSTICA
Tras la reciente aprobación por el Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tramitación de Licencias Urbanísticas el 19 de agosto de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 200), se ha producido la
aprobación de la Ley 1/2020, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17
de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística.
Esta modificación legal, implica la necesidad de que el Ayuntamiento actualice la recientemente aprobada Ordenanza Municipal Reguladora de la Tramitación de Licencias
Urbanísticas, con la Nueva Ordenanza Reguladora de la Tramitación de Títulos Habilitantes en Materia Urbanística de Olmeda de las Fuentes.
La presente Ordenanza contiene las disposiciones particulares relativas a la tramitación administrativa de los diversos modos de intervención en la actividad de los particulares en el ámbito de los actos de control de las actuaciones urbanísticas, regulando por una
parte la licencia o autorización previa y por otra la declaración responsable con control a
posteriori de lo actuado por el administrado.
Con esta Ordenanza el Ayuntamiento pretende adaptar los procedimientos administrativos para la tramitación de las actuaciones urbanísticas adaptándose a los numerosos cambios legislativos acaecidos en los últimos años.
La entrada en vigor de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a los Servicios en el Mercado Interior, impuso a los Estados miembros la obligación de eliminar todas las trabas jurídicas y barreras administrativas
injustificadas a la libertad de establecimiento y de prestación de servicios.
El Estado incorporó los principios de la citada Directiva al derecho interno por medio
de un conjunto normativo constituido por la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre
acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de modificación de
diversas leyes —entre las que cabe destacar la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local— para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades
de servicios y su ejercicio.
Seguidamente, el Estado aprobó la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, que también modificó la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local para introducir dos nuevos artículos, el 84 bis y el 84 ter, que establecen que, con carácter general, el
ejercicio de las actividades no se someterá a la obtención de licencia u otro medio de control preventivo.
El Real Decreto-Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización
del comercio y de determinados servicios, que posteriormente fue objeto de tramitación
parlamentaria y aprobación como Ley 12/2012, de 26 de diciembre, del mismo nombre,
avanza en los citados postulados mediante la eliminación de cargas administrativas que en
principio retrasan o paralizan el inicio y progreso de la actividad mercantil en el ámbito del
pequeño y mediano comercio.
BOCM-20210623-59
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS