Valdemoro (BOCM-20210623-66)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 148
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Se publica íntegra, para general conocimiento, la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
«El artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad. Si no se designa suplente, la
competencia del órgano administrativo se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato superior de quien dependa.
El artículo 47.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales (ROF), aprobado por Real Decreto 568/1986, de 28 de noviembre,
establece que en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del alcalde no podrán ser asumidas por el teniente de alcalde a quien corresponda sin expresa delegación, que reunirá los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 44 del ROF; es decir, mediante decreto y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Atendiendo, asimismo, al artículo 48 del ROF, en los supuestos de sustitución del alcalde, por razones de ausencia o enfermedad, el teniente de alcalde que asuma sus funciones no podrá revocar las delegaciones que hubiera otorgado el primero en virtud de lo dispuesto en el artículo 43.
Atendiendo, igualmente, al artículo 114.1 del ROF, a cuyo tenor “La delegación de
atribuciones requerirá, para ser eficaz, su aceptación por parte del delegado. La delegación
se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles, contados desde la
notificación del acuerdo, el miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación”.
Considerando que desde el período comprendido entre los días 11 de junio y 13 de junio de 2021, ambos incluidos, el alcalde, don Sergio Parra Perales, se ausentará, resulta precisa su sustitución.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Designar a la primera teniente alcalde, doña Raquel Cadenas Porqueras,
como alcaldesa accidental, el período comprendido entre los días 11 de junio y 13 de junio
de 2021, ambos incluidos, asumiendo en tal condición, por suplencia, la totalidad de las
funciones que corresponden a la Alcaldía. La teniente de alcalde designada no podrá revocar las delegaciones que hubiera otorgado el alcalde titular, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 43 del ROF.
Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, que se considerará aceptada tácitamente, si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación del acuerdo, el miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación, y remitir la resolución
de los nombramientos al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, y publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así
como en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día de la firma
de la resolución por el alcalde.
Tercero.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión que celebre, de conformidad con el artículo 42 del ROF».
Valdemoro, a 10 de junio de 2021.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.
(03/20.817/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210623-66
A) Decreto 3395/2021, de 10 de junio, que dice literalmente
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MIÉRCOLES 23 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 148
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
VALDEMORO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Se publica íntegra, para general conocimiento, la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
«El artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad. Si no se designa suplente, la
competencia del órgano administrativo se ejercerá por quien designe el órgano administrativo inmediato superior de quien dependa.
El artículo 47.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales (ROF), aprobado por Real Decreto 568/1986, de 28 de noviembre,
establece que en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, las funciones del alcalde no podrán ser asumidas por el teniente de alcalde a quien corresponda sin expresa delegación, que reunirá los requisitos de los números 1 y 2 del artículo 44 del ROF; es decir, mediante decreto y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Atendiendo, asimismo, al artículo 48 del ROF, en los supuestos de sustitución del alcalde, por razones de ausencia o enfermedad, el teniente de alcalde que asuma sus funciones no podrá revocar las delegaciones que hubiera otorgado el primero en virtud de lo dispuesto en el artículo 43.
Atendiendo, igualmente, al artículo 114.1 del ROF, a cuyo tenor “La delegación de
atribuciones requerirá, para ser eficaz, su aceptación por parte del delegado. La delegación
se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles, contados desde la
notificación del acuerdo, el miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación”.
Considerando que desde el período comprendido entre los días 11 de junio y 13 de junio de 2021, ambos incluidos, el alcalde, don Sergio Parra Perales, se ausentará, resulta precisa su sustitución.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Designar a la primera teniente alcalde, doña Raquel Cadenas Porqueras,
como alcaldesa accidental, el período comprendido entre los días 11 de junio y 13 de junio
de 2021, ambos incluidos, asumiendo en tal condición, por suplencia, la totalidad de las
funciones que corresponden a la Alcaldía. La teniente de alcalde designada no podrá revocar las delegaciones que hubiera otorgado el alcalde titular, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 43 del ROF.
Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, que se considerará aceptada tácitamente, si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación del acuerdo, el miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación, y remitir la resolución
de los nombramientos al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo, y publicar la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así
como en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde el día de la firma
de la resolución por el alcalde.
Tercero.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión que celebre, de conformidad con el artículo 42 del ROF».
Valdemoro, a 10 de junio de 2021.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.
(03/20.817/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210623-66
A) Decreto 3395/2021, de 10 de junio, que dice literalmente