Pinto (BOCM-20210622-78)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 147
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021
Pág. 595
El Tribunal de Selección podrá excluir a aquellos/as aspirantes que lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
El Tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
5.6. Revisión de las resoluciones del tribunal calificador: Las resoluciones del Tribunal vincularán a la Administración, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda proceder a su
revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común en las administraciones públicas.
Contra los acuerdos y actos de trámite del Tribunal, si estos últimos deciden directa o
indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrá interponerse recurso de alzada, de conformidad con lo previsto en el artículo 121 de la
Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.
Sexta. Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de cuatro fases de carácter sucesivo, que son las que se
relacionan a continuación:
1) Fase de oposición:
a) Prueba de conocimientos.
b) Pruebas psicotécnicas.
c) Pruebas físicas.
d) Reconocimiento médico.
2) Fase de concurso. En esta fase se evaluarán los méritos alegados por las personas
aspirantes que superen la fase de oposición.
3) Curso selectivo de formación. Será requisito indispensable para todas las personas
aspirantes superar el curso específico en el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, con una carga lectiva no inferior a 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
4) Periodo de prácticas. Se establece con carácter eliminatorio la superación de un
periodo de prácticas en el municipio, cuya duración será de 6 meses.
Las pruebas serán eliminatorias y calificables hasta un máximo de 10 puntos, las pruebas psicotécnicas y el reconocimiento médico que se calificarán como “apta/o” o “no apta/o”.
El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido como nota de corte para la obtención de la calificación mínima de 5 puntos y de “apta/o”,
de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba. De este modo,
las personas aspirantes que no alcancen el nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación de 5 puntos en cada una de las pruebas calificables, o de “apta/o” en las no calificables, serán eliminadas.
Todas aquellas pruebas puntuables, en cuyo cálculo numérico se puedan obtener números decimales, se procederá a establecer como nota la obtenida tras el truncamiento a las
centésimas del número resultante.
7.1. Prueba de conocimientos.
La prueba de conocimientos consistirá en:
a) Un cuestionario de 90 preguntas sobre el temario que figura como Anexo II a las
presentes bases, con 3 respuestas alternativas se calificará de 0 a 9 puntos. Para
valorar esta prueba, las respuestas acertadas se puntuarán con 0,1 punto, las respuestas erróneas se penalizarán con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta
correcta y las respuestas en blanco no puntuarán. Se considerará superada la prueba de conocimientos siempre que se haya obtenido una puntuación mínima de 4,5
puntos, conforme al nivel determinado por el Tribunal como nivel mínimo exigido para su superación.
b) Un cuestionario de 10 preguntas referido al conocimiento de idioma inglés, que se
corresponderá con el nivel B1 que establece el Marco Europeo de Referencia,
con 3 respuestas alternativas se calificará de 0 a 1 puntos. Para valorar esta prueba, las respuestas acertadas se puntuarán con 0,1 punto. Las preguntas no contestadas o de forma incorrecta no penalizarán. Se considerará superada la prueba de
BOCM-20210622-78
Séptima. Fase de oposición
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 147
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021
Pág. 595
El Tribunal de Selección podrá excluir a aquellos/as aspirantes que lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios.
El Tribunal continuará constituido hasta tanto se resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
5.6. Revisión de las resoluciones del tribunal calificador: Las resoluciones del Tribunal vincularán a la Administración, sin perjuicio de que esta, en su caso, pueda proceder a su
revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del procedimiento administrativo común en las administraciones públicas.
Contra los acuerdos y actos de trámite del Tribunal, si estos últimos deciden directa o
indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrá interponerse recurso de alzada, de conformidad con lo previsto en el artículo 121 de la
Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común.
Sexta. Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de cuatro fases de carácter sucesivo, que son las que se
relacionan a continuación:
1) Fase de oposición:
a) Prueba de conocimientos.
b) Pruebas psicotécnicas.
c) Pruebas físicas.
d) Reconocimiento médico.
2) Fase de concurso. En esta fase se evaluarán los méritos alegados por las personas
aspirantes que superen la fase de oposición.
3) Curso selectivo de formación. Será requisito indispensable para todas las personas
aspirantes superar el curso específico en el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, con una carga lectiva no inferior a 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
4) Periodo de prácticas. Se establece con carácter eliminatorio la superación de un
periodo de prácticas en el municipio, cuya duración será de 6 meses.
Las pruebas serán eliminatorias y calificables hasta un máximo de 10 puntos, las pruebas psicotécnicas y el reconocimiento médico que se calificarán como “apta/o” o “no apta/o”.
El Tribunal Calificador queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido como nota de corte para la obtención de la calificación mínima de 5 puntos y de “apta/o”,
de conformidad con el sistema de valoración que se adopte en cada prueba. De este modo,
las personas aspirantes que no alcancen el nivel mínimo exigido para la obtención de la calificación de 5 puntos en cada una de las pruebas calificables, o de “apta/o” en las no calificables, serán eliminadas.
Todas aquellas pruebas puntuables, en cuyo cálculo numérico se puedan obtener números decimales, se procederá a establecer como nota la obtenida tras el truncamiento a las
centésimas del número resultante.
7.1. Prueba de conocimientos.
La prueba de conocimientos consistirá en:
a) Un cuestionario de 90 preguntas sobre el temario que figura como Anexo II a las
presentes bases, con 3 respuestas alternativas se calificará de 0 a 9 puntos. Para
valorar esta prueba, las respuestas acertadas se puntuarán con 0,1 punto, las respuestas erróneas se penalizarán con el equivalente a 1/3 del valor de la respuesta
correcta y las respuestas en blanco no puntuarán. Se considerará superada la prueba de conocimientos siempre que se haya obtenido una puntuación mínima de 4,5
puntos, conforme al nivel determinado por el Tribunal como nivel mínimo exigido para su superación.
b) Un cuestionario de 10 preguntas referido al conocimiento de idioma inglés, que se
corresponderá con el nivel B1 que establece el Marco Europeo de Referencia,
con 3 respuestas alternativas se calificará de 0 a 1 puntos. Para valorar esta prueba, las respuestas acertadas se puntuarán con 0,1 punto. Las preguntas no contestadas o de forma incorrecta no penalizarán. Se considerará superada la prueba de
BOCM-20210622-78
Séptima. Fase de oposición