Madrid número 1 (BOCM-20210622-106)
Ejecución 84/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 147

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
106

MADRID NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURO ARELLANO MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 84/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
FLC y LA FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION frente a KERPA
OBRAS Y SERVICIOS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:
1) PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, LA
FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION, frente a la demandada KERPA
OBRAS Y SERVICIOS SL, parte ejecutada, por un principal de 8.346,60 EUROS,
más 834,66 EUROS de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su
posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar
las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de
este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2499-0000-64-0084-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilma. Sr. Magistrada - Juez
D./Dña. AMAYA OLIVAS DIAZ
LA MAGISTRADA-JUEZ
2) PARTE DISPOSITIVA

Proceder a la INVESTIGACIÓN JUDICIAL del patrimonio del ejecutado. A tal efecto, se consultarán las bases de datos a las que tenga acceso este órgano judicial y se librarán los despachos pertinentes a los organismos y registros públicos a fin de que faciliten la
relación de todos los bienes o derechos del deudor de los que tengan constancia, tras la realización por éstos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Se recabará
la información precisa, dentro de los límites del derecho a la intimidad personal, para lograr
la efectividad de la obligación pecuniaria que ejecute, de entidades financieras o depositarias o de otras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus relaciones jurídicas con el ejecutado deban tener constancia de los bienes o derechos de éste o pudieran resultar deudoras del mismo.
Se acuerda el embargo de las DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realícese la petición de cargo
por requerimiento judicial a través de la Cuenta de Consignaciones Judiciales.
Se acuerda el embargo de los saldos de KERPA OBRAS Y SERVICIOS SL a favor
del ejecutado, en entidades bancarias, en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las

BOCM-20210622-106

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: