Madrid número 13 (BOCM-20210622-124)
Ejecución 113/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 147
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021
Pág. 681
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
124
MADRID NÚMERO 13
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA LAURA FOJÓN CHAMORRO, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 13 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 113/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DON DANIEL CABALLERO DE LA CALLE frente a ÁREA DE CONTROL BUILDING SECURITY, S. L., y FOGASA sobre ejecución de títulos judiciales se
ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a 21 de mayo de 2021.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante DON DANIEL CABALLERO DE LA CALLE frente a ÁREA DE CONTROL BUILDING SECURITY, S. L., y FOGASA
Notifíquese esta resolución a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la entidad Banco Santander número de cuenta 2511-0000-64-0113-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
DOÑA MARIA PILAR GARCÍA DE ZÚÑIGA MARRERO
LA MAGISTRADA-JUEZ
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LRJS.
Doy fe.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
La letrada de la Administración de Justicia, DOÑA LAURA FOJÓN CHAMORRO.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes
afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 6/4/2021, a la empresa ÁREA DE CONTROL BUILDING SECURITY, S. L.,
y FOGASA en favor del/de los demandante/s DON DANIEL CABALLERO DE LA CALLE
previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este
Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, el día 29/6/2021, a las 9:00 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que
deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tan-
BOCM-20210622-124
En Madrid, a 21 de mayo de 2021.
B.O.C.M. Núm. 147
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JUNIO DE 2021
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
124
MADRID NÚMERO 13
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA LAURA FOJÓN CHAMORRO, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 13 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 113/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DON DANIEL CABALLERO DE LA CALLE frente a ÁREA DE CONTROL BUILDING SECURITY, S. L., y FOGASA sobre ejecución de títulos judiciales se
ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a 21 de mayo de 2021.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante DON DANIEL CABALLERO DE LA CALLE frente a ÁREA DE CONTROL BUILDING SECURITY, S. L., y FOGASA
Notifíquese esta resolución a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la entidad Banco Santander número de cuenta 2511-0000-64-0113-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
DOÑA MARIA PILAR GARCÍA DE ZÚÑIGA MARRERO
LA MAGISTRADA-JUEZ
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los
interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LRJS.
Doy fe.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
La letrada de la Administración de Justicia, DOÑA LAURA FOJÓN CHAMORRO.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes
afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 6/4/2021, a la empresa ÁREA DE CONTROL BUILDING SECURITY, S. L.,
y FOGASA en favor del/de los demandante/s DON DANIEL CABALLERO DE LA CALLE
previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este
Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 3 - 28008, el día 29/6/2021, a las 9:00 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que
deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tan-
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En Madrid, a 21 de mayo de 2021.