Badajoz número 1 (BOCM-20210621-166)
Procedimiento 790/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 288
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 146
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
166
BADAJOZ NÚMERO 1
EDICTO
Don Jose María Hidalgo Esperilla, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de
lo social número 1 de Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 790/2020 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancia de D. JULIAN PEÑA RODRIGUEZ contra TOZZI SUD S P A y GRUPO TEOFI S.L. sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
“PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
— Admitir a trámite la demanda presentada y en consecuencia:
— Citar a las partes para que comparezcan el día 23/03/2022 a las 10:15 horas en
C/Zurbarán,10–Sala 001, para la celebración del acto de conciliación ante el Letrado de la
Administración de Justicia y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, el
día 23/03/2022 a las 10:30 horas en C/ Zurbarán, 10- Sala 001, para la celebración del acto
de juicio ante el magistrado.
— Se advierte a la parte demandante, que en caso de no comparecer al señalamiento
sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le
tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo igualmente a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía.
— Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la
LJS, se ha dado cuenta al juez con carácter previo.
— Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a SS.adel
señalamiento efectuado.
Notifíquese a las partes,
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien
dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición
del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO TEOFI SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o
cuando se trate de emplazamiento.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/19.137/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210621-166
En Badajoz, a veintiséis de mayo de dos mil veintiuno.
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Pág. 288
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 146
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
166
BADAJOZ NÚMERO 1
EDICTO
Don Jose María Hidalgo Esperilla, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de
lo social número 1 de Badajoz.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 790/2020 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancia de D. JULIAN PEÑA RODRIGUEZ contra TOZZI SUD S P A y GRUPO TEOFI S.L. sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
“PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
— Admitir a trámite la demanda presentada y en consecuencia:
— Citar a las partes para que comparezcan el día 23/03/2022 a las 10:15 horas en
C/Zurbarán,10–Sala 001, para la celebración del acto de conciliación ante el Letrado de la
Administración de Justicia y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, el
día 23/03/2022 a las 10:30 horas en C/ Zurbarán, 10- Sala 001, para la celebración del acto
de juicio ante el magistrado.
— Se advierte a la parte demandante, que en caso de no comparecer al señalamiento
sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le
tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo igualmente a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía.
— Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la
LJS, se ha dado cuenta al juez con carácter previo.
— Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a SS.adel
señalamiento efectuado.
Notifíquese a las partes,
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien
dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición
del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a GRUPO TEOFI SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o
cuando se trate de emplazamiento.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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