Valdemoro (BOCM-20210621-71)
Ofertas de empleo. Oferta de empleo público
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 146

LUNES 21 DE JUNIO DE 2021

Pág. 181

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71

VALDEMORO
OFERTAS DE EMPLEO

Se hace público que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valdemoro, en
sesión ordinaria celebrada el día 31 de mayo de 2021, aprobó, por mayoría de los presentes, el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar la oferta de empleo público del Ayuntamiento de Valdemoro para
el año 2021, que contiene las plazas que se relacionan a continuación:
TURNO LIBRE

PLAZAS
4
1

DENOMINACIÓN
T.A.G.
ADMINISTRATIVO

GRUPO
GRUPO A1
GRUPO C1

TIPO
FUNCIONARIO
FUNCIONARIO

ESCALA
GENERAL
GENERAL

SUBESCALA

CLASE

TÉCNICA
ADMINISTRATIVA

TÉCNICA SUPERIOR

PROMOCIO INTERNA

PLAZAS
1

DENOMINACIÓN
OFICIAL

GRUPO
GRUPO C1

TIPO
FUNCIONARIO

ESCALA
ESPECIAL

SUBESCALA
SERVICIOS ESPECIALES

CLASE
POLICIA LOCAL

BOCM-20210621-71

Segundo.—Notificar esta resolución a la Comunidad de Madrid, a la Administración
General del Estado, al Comité de Empresa y a la Junta de Personal.
Tercero.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la sede electrónica.
Cuarto.—Contra la presente resolución podrá interponerse cualquiera de los recursos
que se indican a continuación:
1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su
resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta del mismo, recurso contencioso-administrativo.
2. Directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde
el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel.
Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime
procedente.
Valdemoro, a 7 de junio de 2021.—El alcalde, Sergio Parra Perales.
(03/20.513/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791