C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210621-18)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 1185/2021, de 8 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se procede a la apertura del Programa Agroambiental 2021-2025 para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, se procede a la convocatoria de la primera anualidad, correspondiente al año 2021, y se regula el pago del resto de las anualidades de dicho Programa Agroambiental, cofinanciadas por el FEADER
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 50
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 146
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
18
EXTRACTO de la Orden 1185/2021, de 8 de junio, de la Consejería de Medio
Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se procede a la
apertura del Programa Agroambiental 2021-2025 para el mantenimiento de las
razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, se procede a la convocatoria de la primera anualidad, correspondiente al año 2021, y se
regula el pago del resto de las anualidades de dicho Programa Agroambiental,
cofinanciadas por el FEADER.
BDNS (569753)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en BDNS (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index).
Primero
Beneficiarios
Los titulares de las explotaciones agrarias situadas en la Comunidad de Madrid, que se
comprometan por un período de cinco años, salvo causa de fuerza mayor, a cumplir con los
requisitos establecido en la disposición quinta (ser agricultor, tener una explotación ganadera con razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid y presentar
un plan de conservación y mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción) y con
los compromisos agroambientales exigidos en la disposición sexta.
Pueden ser personas físicas o jurídicas.
Segundo
Objeto
— La apertura y convocatoria de la solicitud de participación en el Programa Agroambiental, para el período 2021-2025, destinado al mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.
— La convocatoria de la primera anualidad de los beneficiarios del Programa Agroambiental para el período 2021-2025 para el mantenimiento de razas autóctonas
en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.
— La regulación del resto de las anualidades del Programa Agroambiental para el período 2021-2025 para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.
Tercero
Orden 2916/2017, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER) (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de octubre de 2019).
Cuarto
Cuantía de las ayudas
Estas ayudas se convocan con un presupuesto total de carácter plurianual de 500.000 euros
distribuido en cinco anualidades (2021/2025) de 100.000 euros cada una, estando cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75 por 100,
BOCM-20210621-18
Bases reguladoras
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 50
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 146
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente,
Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
18
EXTRACTO de la Orden 1185/2021, de 8 de junio, de la Consejería de Medio
Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se procede a la
apertura del Programa Agroambiental 2021-2025 para el mantenimiento de las
razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, se procede a la convocatoria de la primera anualidad, correspondiente al año 2021, y se
regula el pago del resto de las anualidades de dicho Programa Agroambiental,
cofinanciadas por el FEADER.
BDNS (569753)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en BDNS (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index).
Primero
Beneficiarios
Los titulares de las explotaciones agrarias situadas en la Comunidad de Madrid, que se
comprometan por un período de cinco años, salvo causa de fuerza mayor, a cumplir con los
requisitos establecido en la disposición quinta (ser agricultor, tener una explotación ganadera con razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid y presentar
un plan de conservación y mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción) y con
los compromisos agroambientales exigidos en la disposición sexta.
Pueden ser personas físicas o jurídicas.
Segundo
Objeto
— La apertura y convocatoria de la solicitud de participación en el Programa Agroambiental, para el período 2021-2025, destinado al mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.
— La convocatoria de la primera anualidad de los beneficiarios del Programa Agroambiental para el período 2021-2025 para el mantenimiento de razas autóctonas
en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.
— La regulación del resto de las anualidades del Programa Agroambiental para el período 2021-2025 para el mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.
Tercero
Orden 2916/2017, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER) (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 1 de octubre de 2019).
Cuarto
Cuantía de las ayudas
Estas ayudas se convocan con un presupuesto total de carácter plurianual de 500.000 euros
distribuido en cinco anualidades (2021/2025) de 100.000 euros cada una, estando cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75 por 100,
BOCM-20210621-18
Bases reguladoras