A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20210621-1)
Estructura orgánica –  Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 146

LUNES 21 DE JUNIO DE 2021

Pág. 13

Artículo 10
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Corresponden a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte las competencias que actualmente ostenta la Consejería de Cultura y Turismo.
Igualmente le corresponden las competencias en materia de deporte que actualmente
tiene atribuidas la Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición adicional primera
Habilitación
Se habilita al titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a asignar los
programas presupuestarios a cada Consejería, de acuerdo con la distribución de competencias establecida, así como a efectuar aquellas modificaciones presupuestarias y otras operaciones necesarias para ejecutar el presupuesto del año 2019 prorrogado para 2021.
Disposición adicional segunda
Modificación de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria
1. El personal adscrito a los órganos, organismos y empresas públicas afectado por
el presente Decreto pasará automáticamente a depender de la Consejería en la que hayan
sido integrados o adscritos.
2. Se habilita al titular de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a efectuar
las modificaciones que procedan, en orden a adecuar las plantillas presupuestarias y las relaciones de puestos de trabajo a la nueva estructura, manteniéndose las características y/o
categorías de los puestos que no han sido objeto de modificación.
Disposición adicional tercera
Delegación de competencias
Las delegaciones de competencias otorgadas por los titulares de las Consejerías con
anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto continuarán vigentes hasta que sean
expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición transitoria única
Adaptación de los procesos de estructuras orgánicas, presupuestarias y contables
Lo dispuesto en el presente Decreto, en todo aquello que suponga cambio de centro
presupuestario y en lo relativo a la adaptación de los procesos de estructuras orgánicas, presupuestarias y contables, deberá quedar adecuado, como máximo, el día 1 de enero de 2022.
Disposición derogatoria única
Derogación normativa
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a
lo establecido en el presente Decreto.
Disposición final única
El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 19 de junio de 2021.

DE LA

La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/21.631/21)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210621-1

Entrada en vigor