Madrid número 7 (BOCM-20210621-98)
Ejecución 131/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE JUNIO DE 2021
Pág. 209
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
98
MADRID NÚMERO 7
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA BELEN GOMEZ RODRIGUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 131/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE ANGEL SEVILLA SERRANO frente a RESTAURANTE PUERTO DE BUENOS AIRES SL y D./Dña. FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente auto y decreto de ejecución.
Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/2012, de la secretaría General de Administración de Justicia, haciéndose saber a los interesados que la citada resolución está a su disposición en la Secretaria de este juzgado.
RECURSOS QUE CABEN CONTRA LAS RESOLUCIÓNES QUE SE NOTIFICAN:
FRENTE AL AUTO DESPACHANDO EJECUCIÓN:
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las
posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 2505-0000-64 0131 21
FRENTE AL DECRETO ACORDANDO EL EMBARGO DE BIENES:
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2505-0000-640131 21
Y para que sirva de notificación en legal forma a RESTAURANTE PUERTO DE
BUENOS AIRES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecinueve de mayo de dos mil veintiuno.
BOCM-20210621-98
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/19.092/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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Pág. 209
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
98
MADRID NÚMERO 7
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA BELEN GOMEZ RODRIGUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 7 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 131/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE ANGEL SEVILLA SERRANO frente a RESTAURANTE PUERTO DE BUENOS AIRES SL y D./Dña. FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente auto y decreto de ejecución.
Este edicto se dicta en cumplimiento de la Instrucción 6/2012, de la secretaría General de Administración de Justicia, haciéndose saber a los interesados que la citada resolución está a su disposición en la Secretaria de este juzgado.
RECURSOS QUE CABEN CONTRA LAS RESOLUCIÓNES QUE SE NOTIFICAN:
FRENTE AL AUTO DESPACHANDO EJECUCIÓN:
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las
posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 2505-0000-64 0131 21
FRENTE AL DECRETO ACORDANDO EL EMBARGO DE BIENES:
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2505-0000-640131 21
Y para que sirva de notificación en legal forma a RESTAURANTE PUERTO DE
BUENOS AIRES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecinueve de mayo de dos mil veintiuno.
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ISSN 1989-4791