B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210621-14)
Concurso de méritos –  Orden de 8 de junio de 2021, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por el procedimiento de Concurso de Méritos
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 146

LUNES 21 DE JUNIO DE 2021

Pág. 41

puntos. Dicha puntuación mínima no podrá ser exigida en los puestos cuyo nivel de complemento de destino sea el de ingreso en el Cuerpo, Escala y Especialidad de que se trate.
2. Sin embargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 1, base undécima,
apartado 4, de la Orden 923/1989, de 20 de abril, la Junta de Méritos podrá proponer, de
manera motivada, la adjudicación de puestos a candidatos que no lleguen a la puntuación
mínima señalada, siempre que dichos candidatos hayan acreditado un nivel adecuado y previo informe favorable de la unidad de adscripción de los puestos de que se trate.
Noveno
Desistimientos y renuncias
1. Los participantes solo podrán desistir de su solicitud hasta la fecha de finalización
del plazo concedido para formular alegaciones contra la lista provisional de admitidos y excluidos al que hace referencia el apartado séptimo de esta Orden.
Cualquier escrito de desistimiento ya sea a uno o a varios de los puestos convocados,
se considerará hecho a la totalidad del procedimiento.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
Décimo
Entrada en vigor.
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Undécimo
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del
día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin
perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, a 8 de junio de 2021.—El Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad
y Natalidad, P. S. (Decreto 18/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta), el Consejero de Sanidad, P. D. (Orden 555/2021, de 21 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 30 de abril de 2021), la Secretaria General Técnica (firmado).
ANEXO

Nº DE PUESTO

DENOMINACIÓN

33269

NEG.TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA

59156

NEG. GESTIÓN ADMINISTRATIVA

BOCM-20210621-14

RELACIÓN DE PUESTOS AFECTADOS POR LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 13.5 DE LA L O
1/1996, DE 15 DE ENERO, DE PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR