Madrid número 5 (BOCM-20210618-90)
Ejecución 72/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 144

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
90

MADRID NÚMERO 5
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 72/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. JOSE ALBERTO ROMERA FIGUEREIDO frente a FOGASA y SEVENPACK ENTERPRISE SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.
D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ.
En Madrid, a dieciocho de mayo de dos mil veintiuno.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 26/01/2021, a la empresa SEVENPACK ENTERPRISE SL en favor
del/de los demandante/s D./Dña. JOSE ALBERTO ROMERA FIGUEREIDO y, previo a
su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, el día 14/07/2021, a las 08:30 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la
que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa
cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la
parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el
acto se celebrará sin su presencia.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SEVENPACK ENTERPRISE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciocho de mayo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210618-90

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/18.961/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791