D) Anuncios - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD (BOCM-20210618-28)
Convenio –  Convenio de colaboración de 24 de mayo de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, y la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las Entidades Locales para el año 2021
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Página
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 106

VIERNES 18 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 144

ANEXO I
GESTIÓN: PERSONAL Y MANTENIMIENTO
IMPORTE TOTAL del Anexo I para 2021
100% Aportación Comunidad de Madrid
0% Aportación Entidad Local

549.195,29
549.195,29
0,00

A través del presente Anexo se financian, de forma generalizada y desde criterios de
homogeneización de la Red Básica de Atención Social Primaria, los gastos correspondientes al
personal y mantenimiento de los Centros de Servicios Sociales de las Entidades Locales.
PERSONAL (APORTACION COMUNIAD DE MADRID)
Puesto o Categoría:
*Director
*Administrador
*Asistencia técnica
*Coordinador
*Trabajadores Sociales
*Mediador Intercultural
*Educador
*Administrativo
*Auxiliar Administrativo
*Otros (ESPECIFICAR)
TOTAL PERSONAL
MANTENIMIENTO
TOTAL (PERSON. + MANTEN.)

Número

Importe
1
3
6
499.195,29
2
2
14
50.000,00
549.195,29

Plantilla de personal del Centro de Servicios Sociales que se incluye en este Convenio
La Entidad Local mantendrá como mínimo la plantilla establecida en el cuadro anterior, como
perteneciente al Centro de Servicios Sociales, y la aportación con la que contribuirá la
Comunidad de Madrid es la señalada en este Anexo.
Gastos de personal que se financian
Con carácter general, con cargo a este concepto, se financian los gastos de personal necesario
para la gestión de los programas, proyectos, servicios y prestaciones que se desarrollan en
cada Entidad Local y que ha de dedicarse exclusivamente a los que constituyen el objeto de la
Atención Social Primaria en el marco de este Convenio.
Quedan comprendidas la totalidad de las retribuciones y también podrán incluirse los gastos
de Seguridad Social siempre con el límite de la cuantía establecida en el apartado de
financiación.

Las figuras profesionales que lo podrán integrar serán las siguientes: director, técnico de
apoyo, coordinador de programas, administrador, trabajadores sociales, educadores sociales,
mediadores interculturales y personal de apoyo administrativo.
Para el desempeño del puesto de Director de Centro de Servicios Sociales se exigirá titulación
de grado universitario, preferentemente en el campo de las Ciencias Sociales, o de Diplomado

BOCM-20210618-28

Este personal estará vinculado jurídicamente a la Entidad Local, pudiendo tener con la misma
una relación laboral o funcionarial, que deberá contar con las titulaciones requeridas por la
especificidad del puesto de trabajo o, en su caso, de las exigidas en las Administraciones
Públicas para puestos de carácter similar.