B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210618-3)
Aspirantes pruebas selectivas –  Resolución de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se declaran superadas las pruebas selectivas por el sistema de promoción interna para el acceso a la condición de personal estatutario fijo de la categoría de Enfermero/a del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 144

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 18 DE JUNIO DE 2021

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A los efectos de la acreditación del cumplimiento de requisitos, la interesada, en el
mismo acto de adjudicación de la plaza, presentará debidamente cumplimentado el modelo de “Documentación acreditativa de cumplimento de requisitos” que acompaña a esta
Resolución junto con la documentación establecida en la base novena de la convocatoria.
La documentación a entregar por la aspirante es la siguiente:
a) Aspirantes de nacionalidad española:
— Copia del documento nacional de identidad o pasaporte.
Aspirantes que no posean la nacionalidad española:
— Copia del documento que acredite su nacionalidad.
— Documentación acreditativa del vínculo de parentesco requerida en la base
novena de la convocatoria.
b) Original o copia del título, o, en su caso, homologación exigida para su participación en estas pruebas selectivas. No será necesaria su aportación si se ha presentado para la valoración de méritos en la fase de concurso.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio, cumplimentando el modelo de “Declaración Responsable”
que se adjunta a esta Resolución.
d) En su caso, certificado vigente acreditativo de la discapacidad, expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, o tarjeta acreditativa del grado de la discapacidad.
e) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario
fijo en el Sistema Nacional de Salud, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría a la que se accede o equivalente, en el mismo modelo de “Declaración Responsable” mencionado en el apartado c).
f) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15
de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código
Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, deberá presentar Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no ha sido
condenada mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad
sexual a los que se refiere el precepto legal, no siendo necesaria su presentación si
se autoriza de forma expresa a que dichos datos sean consultados por parte de la
Administración, en cuyo caso, se cumplimentará el modelo que se le facilitará en
el acto de adjudicación.
g) La capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento, se acreditará mediante informe favorable
expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del centro donde se
encuentra la plaza asignada en el proceso selectivo. Queda condicionado el nombramiento a la obtención de la citada certificación y a su posterior presentación en
la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del
Servicio Madrileño de Salud.
A tal efecto, y tras el acto de adjudicación de la plaza, la interesada dispondrá de
un plazo de 10 días hábiles para cumplir este trámite.
No obstante, no será necesario aportar la documentación descrita en los apartados a), b)
y f), obteniéndose por la Administración de oficio dicha información, salvo que la interesada, al cumplimentar el modelo de “Documentación acreditativa de cumplimiento de requisitos”, no autorice expresamente la consulta. En los mismos términos, para la documentación
requerida en el apartado d) en el caso de haber sido expedida por la Comunidad de Madrid.
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Sanidad , en el plazo de un
mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.
Madrid, a 8 de junio de 2021.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Raquel Sampedro Blázquez.

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