Madrid (BOCM-20210617-44)
Régimen económico. Distrito de Chamberí. Extracto convocatoria subvenciones
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B.O.C.M. Núm. 143

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JUNIO DE 2021

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supuestario que resulte aprobado en los presupuestos del año 2022 sean superiores, el órgano
gestor podrá decidir su aplicación a la convocatoria, previa tramitación del correspondiente
expediente de gasto antes de la resolución, sin necesidad de nueva convocatoria.
La cuantía de la subvención, en ambas convocatorias, se considerará importe cierto a
los efectos de lo previsto en el artículo 18.1 de la OBRGS, entendiéndose que queda de
cuenta de la entidad beneficiaria la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución del proyecto o actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—1. Convocatoria ordinaria 2021: el
plazo de presentación de solicitudes, para el año 2021, será de quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
2. Convocatoria anticipada 2022: el plazo de presentación de solicitudes, para el año 2022,
será del 10 de diciembre de 2021 al 20 de enero de 2022.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia.
Las solicitudes de subvención, para las dos modalidades, se formalizarán en el modelo que figura como solicitud de subvención en cada una de las convocatorias. Las entidades
presentarán una única solicitud para cada convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
No obstante, si la entidad presentara más de un proyecto, deberá utilizar un modelo de
solicitud y Anexo I para cada uno de ellos.
Para la modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales, junto a la solicitud de
subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.
Tanto el modelo de solicitud de subvención como los citados Anexos se obtendrán en
la sede electrónica del Ayuntamiento, http://sede.madrid.es
Límites:
En la modalidad de proyectos no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar un máximo de tres proyectos a esta convocatoria para cada anualidad. La presentación por una misma entidad de un número de proyectos superior al indicado conllevará la inadmisión de aquellos que excedan del citado límite, procediéndose a
admitir y evaluar aquel de los presentados en el que la cuantía solicitada sea de menor importe. La distribución de crédito se realizará de la siguiente forma: Se establecerá un orden
de prelación según las puntuaciones obtenidas. Las entidades podrán obtener una subvención por esta modalidad de proyectos hasta el límite de 1.500 euros, y siempre hasta el agotamiento del crédito, según el orden de prelación por la puntuación asignada en cada caso.
En la modalidad gastos de mantenimiento, desarrollo tecnológico y adquisición de mobiliario y equipamiento para el funcionamiento de sede social u otros espacios: gastos de
alquiler y de funcionamiento, el importe máximo que podrán obtener será de 1.500 euros,
hasta el agotamiento del crédito, según el orden de prelación por la puntación asignada en
cada caso.
En la modalidad gastos de mantenimiento, desarrollo tecnológico y adquisición de mobiliario y equipamiento para el funcionamiento de sede social u otros espacios: gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento, el importe máximo que podrán obtener será de 350 euros,
hasta agotamiento del crédito según el orden de prelación por la puntuación obtenida.
En la modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios, no serán financiables los gastos derivados de cualquier clase de obras en las sedes sociales u
otros espacios en los que la entidad desarrolle su actividad de forma habitual.
No podrán participar en estas convocatorias las entidades beneficiarias de una subvención en régimen de concesión directa otorgada por el Área de Gobierno de Vicealcaldía durante la anualidad 2021 y/o 2022.
Madrid, a 7 de junio de 2021.—El concejal-presidente del Distrito de Chamberí, Javier Ramírez Caro.
(03/20.865/21)

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ISSN 1989-4791

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