Madrid (BOCM-20210617-43)
Régimen económico. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Masa salarial personal laboral
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 143

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Acuerdo de 3 de junio de 2021, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por
el que se aprueba la masa salarial del personal laboral del sector público del Ayuntamiento
de Madrid para el ejercicio 2021.
El artículo 103.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, establece la obligación para las entidades locales de aprobar anualmente la masa salarial del personal laboral de su sector público, respetando los límites y las condiciones que
se establezcan con carácter básico en las correspondientes leyes anuales de Presupuestos
Generales del Estado.
La aprobación de la masa salarial comprenderá la referente a la propia entidad local,
organismos, entidades públicas empresariales y demás entes públicos y sociedades mercantiles de ella dependientes, así como la de los consorcios adscritos a la misma y la de las fundaciones constituidas con capital o patrimonio mayoritariamente local.
El procedimiento para la aprobación de la masa salarial del personal laboral del sector
público del Ayuntamiento de Madrid ha sido establecido por Acuerdo de 11 de diciembre
de 2014, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el que se prevé el informe previo de los órganos directivos competentes en materia de presupuestos y de sector público.
Dichos informes, que se emitirán en sus respectivos ámbitos, han de contener un pronunciamiento expreso sobre la observancia de los criterios definidos en dicho acuerdo de Junta de Gobierno y del debido cumplimiento de los límites y condiciones establecidos en las
correspondientes leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado y restante normativa
presupuestaria.
Por su parte, la disposición adicional cuarta de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2021 establece, en su apartado dos, que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobará en el primer cuatrimestre del ejercicio presupuestario la masa salarial del personal laboral del sector público municipal, respetando
los límites y las condiciones que se establezcan con carácter básico en las correspondientes
leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.
Por lo que se refiere al Ayuntamiento de Madrid y al personal de los organismos autónomos, la Dirección General de Costes y Gestión de Personal ha remitido informes de la
masa salarial correspondientes al ejercicio 2021.
Respecto a la masa salarial del personal de las sociedades mercantiles y del resto de
entidades que integran el sector público del Ayuntamiento de Madrid, las propuestas de
masa salarial para 2021 fueron remitidas por cada una de las entidades a la Dirección General de Presupuestos, que emitió el correspondiente informe.
A la vista de los informes de la Dirección General de Costes y Gestión de Personal y
de la Dirección General de Presupuestos procede la aprobación de la masa salarial del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2021.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006,
de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, así como con lo establecido en
la disposición adicional cuarta de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del
Ayuntamiento de Madrid para 2021, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid,
en su reunión de 3 de junio de 2021,
ACUERDA
Primero. Masa salarial del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid.—Aprobar la masa salarial del personal laboral del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al
ejercicio 2021, fijando su importe en 97.841.197 euros.

BOCM-20210617-43

Área de Gobierno de Vicealcaldía