Madrid número 80 (BOCM-20210617-75)
Procedimiento 618/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 143

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
75

MADRID NÚMERO 80
EDICTO

Dña. ANGELES GARRIGOS CASTEJON, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado
de 1ª Instancia núm. 80.
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 618/2019, entre Dña. FRANCIS CAROLINA JIMENEZ MARTIN y D. JONMAIKER MUÑOZ SALAZAR en los que se ha dictado en fecha 13 de julio de 2020 sentencia cuyo
encabezamiento y fallo son los siguientes:
Vistos por el ILMA. SRA. DOÑA ROCIO NIETO CENTENO, MAGISTRADOJUEZ de Primera Instancia nº 80 de Madrid, los presentes autos de JUICIO VERBAL, seguidos ante este juzgado bajo el nº 618/2019 a instancia de Dª FRANCIS CAROLINA LIMENEZ MARTIN, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Raquel Nieto
Bolaño como parte demandada D. JONMAIKER MUÑOZ SALAZAR rebeldía procesal en
el que también ha sido parte el ministerio fiscal,
FALLO

1.o Guarda y custodia y patria potestad.- La hija menor Emma Anastasia Muñoz Jiménez, nacida el 1 de julio de 2011, quedará en compañía y bajo la custodia de la madre
con la que convivirá hasta su mayoría de edad o independencia económica.
2.o Se atribuye a la madre Dª FRANCIS CAROLINA JIMENEZ MARTIN, el ejercicio exclusivo de la patria potestad, por lo que podrá tomar en solitario decisiones relativas al/los menor. A título indicativo son decisiones incluidas en el ámbito de la patria potestad las relativas a las siguientes cuestiones:
a) Empadronamiento, cambio de domicilio del menor fuera del municipio de residencia habitual y traslado al extranjero.
b) Elección inicial o cambio de centro escolar.
c) Determinación de las actividades extraescolares o complementarias.
d) Celebraciones sociales y religiosas de relevancia (bautismo, primera comunión y
similares en otras religiones).
e) Actos médicos no urgentes que supongan intervención quirúrgica o tratamiento
médico de larga duración o psicológicos.
f) Expedición de DNI o pasaporte.
2.o Pensión de alimentos. No procede fijar pensión de alimentos.
3.o Régimen de visitas: No procede fijar ningún régimen de visitas.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso
de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma.
Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros) en la cuenta 2758-0000-39-0618-19 de este Órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo benefi-

BOCM-20210617-75

Que estimando la demanda formulada por Dª FRANCIS CAROLINA JIMENEZ
MARTIN, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Raquel Nieto Bolaño
como parte demandada D. JONMAIKER MUÑOZ SALAZAR rebeldía procesal, en el que
también ha sido parte el ministerio fiscal en el que también ha sido parte el ministerio fiscal, acuerdo que las relaciones paternofiliales se regirán por las siguientes medidas: