Madrid número 41 (BOCM-20210617-145)
Procedimiento 549/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 143

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
145

MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

ORGANO QUE ORDENA CITAR
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 41 DE Madrid.
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
JUICIO Nº 549/2021 PROMOVIDO POR D./Dña. MARIAN PASTRACUTA SOBRE Despido.
PERSONA QUE SE CITA
D./Dña CENTRO DE BAILE BUT SL EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA
EN DICHO JUICIO.
OBJETO DE LA CITACIÓN
ASISTIR AL/A LOS ACTO/S DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y EN, SU CASO,
RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR D./Dña. MARIAN PASTRACUTA SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO Y
QUE EL TRIBUNAL DECLARE PERTINENTE.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa, 3, Planta 10 - 28008,
SALA DE VISTAS Nº 4.1, UBICADA EN LA PLANTA CUARTA EL DÍA 25/06/2021,
A LAS 13:15 HORAS.
ADVERTENCIAS LEGALES

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día
de la celebración del juicio.
En Madrid, a catorce de junio de dos mil veintiuno.
D./Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/21.083/21)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210617-145

1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (Art. 59 LJS).
2.- Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse
(Art. 82.2 LJS).
3.- Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de
los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).
4.- Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá
considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de la
Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS),
5.- La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.