Madrid número 24 (BOCM-20210617-120)
Procedimiento 40/2021
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
Pág. 298

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 143

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
120

MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 40/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de Dña. BARBARA GAMERO CATALDO frente a ACCOUNT CONTROLIUS&AEQUITAS ADMINISTRADORES CONCURSALES, DENTOESTETIC CENTRO DE SALUD Y ESTETICA DENTAL SL y FONDO DE GARANTIA SALARIA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución Sentencia 20/05/21:
FALLO
ESTIMO la demanda formulada por Dª. Bárbara Gamero Cataldo contra la empresa
Dentoestetic Centro de Salud y Estética Dental S.L., Account Control Ius-Aequitas y FOGASA y, en consecuencia,
CONDENO a Dentoestetic Centro de Salud y Estética Dental S.L. a abonar a Dª. Bárbara Gamero Cataldo la cantidad de 7.812,60 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid debiendo en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la notificación de la misma de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 194 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción
social, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita
acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario. La consignación deberá efectuarse en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco
Santander, en la c.c.c 0049-3569-92-0005001274, y al concepto clave 2522000000004021.
Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente
suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, intente
interponer recurso de suplicación, deberá efectuar un depósito de TRESCIENTOS
EUROS, que ingresará con independencia a la consignación en su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el recurso de suplicación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DENTOESTETIC
CENTRO DE SALUD Y ESTETICA DENTAL SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a veintiuno de mayo de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/18.813/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210617-120

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.