Arganda del Rey (BOCM-20210617-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 143

La puntuación máxima del subapartado 1.2, no podrá exceder de 1 punto.
La puntuación máxima del apartado 1 (subapartados 1.1 y 1.2) no podrá exceder de 5
puntos.
2.

Titulaciones académicas oficiales

Por estar en posesión de las siguientes titulaciones distintas a la alegada como requisito para tomar parte en las pruebas selectivas, o másteres oficiales concluidos y acreditados
mediante diplomas o certificados expedidos por universidades, se otorgarán los puntos que
a continuación se detallan:
— Título de Grado universitario de 240 créditos: 0,50 puntos.
— Título de Licenciado/a universitario: 0,75 puntos.
— Título de Doctor/a: 1 punto.
— Máster oficial/posgrado: se incrementará en 0,25 puntos sobre la puntuación otorgada a la titulación que corresponda en cualquiera de los apartados anteriores.
A efectos de equivalencia de titulación sólo se admitirán las reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo
el territorio nacional, debiendo aportarse la correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición en la que se establezca la misma y, en su caso, el Boletín Oficial de
Estado en que se publica.
La valoración máxima de este apartado 2, no excederá en su conjunto de 1 punto.

3.1. Cursos de actualización y especialización profesional: se tomarán en consideración los cursos certificados por la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid
u otras escuelas oficiales de Policía dependientes de las Administraciones públicas, Centros
de Formación y Perfeccionamiento de las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Universidades o centros oficiales reconocidos por el Ministerio competente en materia de educación, así como los impartidos por otras instituciones u organismos
públicos o privados en colaboración con Entidades Locales o en el marco de los Acuerdos
de Formación de las Administraciones Públicas, siempre que estén relacionados con la función policial a desempeñar, en la forma que se detalla a continuación:
Los cursos en los que conste el número de horas lectivas, se otorgarán 0,005 puntos
por el número de horas lectivas realizadas.
Cursos en los que no se especifique el número de horas lectivas, así como jornadas, seminarios o similares, se les otorgará un máximo de 0,02 puntos por actividad realizada.
3.2. Por estar en posesión del título acreditativo de reconocimiento de idiomas, atendiendo al nivel establecido en el Marco Europeo de Referencia o en el nivel equivalente
para idiomas no incluidos en el Marco Europeo, se otorgarán hasta un máximo de 0,50 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:
— Nivel A2: 0,10 puntos.
— Nivel B1: 0,20 puntos.
— Nivel B2: 0,30 puntos.
— Nivel C1: 0,40 puntos.
— Nivel C2: 0,50 puntos.
La valoración máxima de los subapartados 3.1 y 3.2 no podrá superar los 5 puntos.
3.3. Experiencia como docente en cursos, conferencias y/o ponencias en instituciones, centros oficiales u organismos de las distintas Administraciones públicas, relacionados
con las funciones y temática policial, se otorgarán 0,003 por hora impartida en cada curso
y 0,05 puntos por cada ponencia o conferencia impartida o cursos donde no se especifique
el número de horas lectivas impartidas.
3.4. Por publicaciones de interés profesional relacionadas con temas y problemática
de interés policial, colaboración en revistas oficiales, de universidades, organismos y otros
entes públicos o privados, se otorgarán 0,30 puntos por cada publicación acreditada.
La valoración máxima de los subapartados 3.3 y 3.4 no podrá superar 1 punto.
La valoración máxima del apartado 3, en su conjunto, no excederá de los 6 puntos.

BOCM-20210617-49

3. Formación y perfeccionamiento profesional