C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20210617-30)
Convenio ejecución infraestructuras – Convenio de 3 de junio de 2021, de ejecución de infraestructuras de alcantarillado Plan SANEA en el municipio de Cenicientos con cargo a cuota suplementaria, entre el Ayuntamiento de Cenicientos, Canal de Isabel II y Canal de Isabel II, S. A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 143
JUEVES 17 DE JUNIO DE 2021
Pág. 149
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de
las partes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo, que deberá ser razonable,
en función del contenido de la obligación, con las obligaciones o compromisos
que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión
de seguimiento del Convenio y a las demás partes.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las restantes partes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la Ley.
Decimosexta
Entrada en vigor y duración
El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma, una vez aprobado
por el órgano competente del Ayuntamiento, del Ente Canal y de Canal y permanecerá en
vigor durante un plazo de treinta años, dado que el Convenio de Alcantarillado vigente será
prorrogado o renovado, según lo acordado por las partes en la Estipulación Quinta del Convenio de Incorporación al Modelo de Gestión de Canal de Isabel II mencionado en el Expositivo Primero del presente Convenio. Si finalizado ese plazo Canal no hubiese recuperado completamente la inversión realizada en el marco del presente Convenio, éste deberá
ser expresamente prorrogado por las Partes por el plazo que sea necesario para que Canal
pueda recuperar las inversiones realizadas.
No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior, la duración total del presente Convenio, prórrogas incluidas, no podrá exceder del plazo de vigencia del Convenio de Alcantarillado vigente o del que, en su caso, lo sustituya.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las Partes, firman de forma sucesiva el presente Convenio, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose
firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las Partes.
Madrid, a 3 de junio de 2021.—Por el Ayuntamiento de Cenicientos, Natalia Ñúñez
Jiménez.—Por Canal de Isabel II, Pablo José Rodríguez Sardinero.—Por Canal de Isabel
II, S. A., Pascual Fernández Martínez.
ANEXO
RELACIÓN DE OBRAS A EJECUTAR POR CANAL
ACTUACIÓN
VALORACIÓN EN
PLAN DIRECTOR
% DE LA
ACTUACIÓN
VALORACIÓN PARCIAL
CORRESPONDIENTE
ALC_CEN_P1A_01rev*
462.615,00 €
100%
462.615,00 €
Desde Ronda del Sur, Herrén de
la Paloma, camino
ALC_CEN_P1A_02rev*
304.540,00 €
100%
304.540,00 €
C/ Herrén de la Paloma
ALC_CEN_P1A_03
172.764,55 €
100%
172.764,55 €
C/ García Lorca, Travesía Bonar
ALC_CEN_P1A_04
205.266,46 €
100%
205.266,46 €
C/ Soledad, García Lorca, Libertad,
Dr. Gullón
ALC_CEN_P1A_06
80.122,64 €
100%
80.122,64 €
C/ San Antón
ALC_CEN_P1B_01
279.382,61 €
26%
72.639,48 €
Herrén de la Paloma. Conexión hacia el sur
de la red de la carretera con D1200 desde
la conexión de la P1B_19.
ALC_CEN_P1B_19
98.670,54 €
58%
56.949,92 €
Ronda del Sur. Ampliación de red hasta inicio
Herrén de la Paloma
159.073,35 €
11%
17.287,98 €
Ronda del Sur. Ampliación desde el pozo
P.62GD-113
TOTAL
1.372.185,98 €
Estas valoraciones del Plan Director son de ejecución material y en sus respectivos proyectos se verán incrementadas por el concepto de
beneficio industrial y gastos generales (actualmente del 19%) para obtener el presupuesto de licitación, que posteriormente se verá disminuida por la
baja correspondiente a la adjudicación de sus obras.
* Actuación incluida en el Anexo al Plan Director cuya variación sobre la actuación inicial se ha realizado en base a estudio realizado para
este caso.
(01/20.426/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210617-30
ALC_CEN_P2_03
DESCRIPCIÓN
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 143
JUEVES 17 DE JUNIO DE 2021
Pág. 149
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de
las partes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo, que deberá ser razonable,
en función del contenido de la obligación, con las obligaciones o compromisos
que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión
de seguimiento del Convenio y a las demás partes.
Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las restantes partes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el Convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la Ley.
Decimosexta
Entrada en vigor y duración
El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma, una vez aprobado
por el órgano competente del Ayuntamiento, del Ente Canal y de Canal y permanecerá en
vigor durante un plazo de treinta años, dado que el Convenio de Alcantarillado vigente será
prorrogado o renovado, según lo acordado por las partes en la Estipulación Quinta del Convenio de Incorporación al Modelo de Gestión de Canal de Isabel II mencionado en el Expositivo Primero del presente Convenio. Si finalizado ese plazo Canal no hubiese recuperado completamente la inversión realizada en el marco del presente Convenio, éste deberá
ser expresamente prorrogado por las Partes por el plazo que sea necesario para que Canal
pueda recuperar las inversiones realizadas.
No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior, la duración total del presente Convenio, prórrogas incluidas, no podrá exceder del plazo de vigencia del Convenio de Alcantarillado vigente o del que, en su caso, lo sustituya.
Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las Partes, firman de forma sucesiva el presente Convenio, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose
firmado en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las Partes.
Madrid, a 3 de junio de 2021.—Por el Ayuntamiento de Cenicientos, Natalia Ñúñez
Jiménez.—Por Canal de Isabel II, Pablo José Rodríguez Sardinero.—Por Canal de Isabel
II, S. A., Pascual Fernández Martínez.
ANEXO
RELACIÓN DE OBRAS A EJECUTAR POR CANAL
ACTUACIÓN
VALORACIÓN EN
PLAN DIRECTOR
% DE LA
ACTUACIÓN
VALORACIÓN PARCIAL
CORRESPONDIENTE
ALC_CEN_P1A_01rev*
462.615,00 €
100%
462.615,00 €
Desde Ronda del Sur, Herrén de
la Paloma, camino
ALC_CEN_P1A_02rev*
304.540,00 €
100%
304.540,00 €
C/ Herrén de la Paloma
ALC_CEN_P1A_03
172.764,55 €
100%
172.764,55 €
C/ García Lorca, Travesía Bonar
ALC_CEN_P1A_04
205.266,46 €
100%
205.266,46 €
C/ Soledad, García Lorca, Libertad,
Dr. Gullón
ALC_CEN_P1A_06
80.122,64 €
100%
80.122,64 €
C/ San Antón
ALC_CEN_P1B_01
279.382,61 €
26%
72.639,48 €
Herrén de la Paloma. Conexión hacia el sur
de la red de la carretera con D1200 desde
la conexión de la P1B_19.
ALC_CEN_P1B_19
98.670,54 €
58%
56.949,92 €
Ronda del Sur. Ampliación de red hasta inicio
Herrén de la Paloma
159.073,35 €
11%
17.287,98 €
Ronda del Sur. Ampliación desde el pozo
P.62GD-113
TOTAL
1.372.185,98 €
Estas valoraciones del Plan Director son de ejecución material y en sus respectivos proyectos se verán incrementadas por el concepto de
beneficio industrial y gastos generales (actualmente del 19%) para obtener el presupuesto de licitación, que posteriormente se verá disminuida por la
baja correspondiente a la adjudicación de sus obras.
* Actuación incluida en el Anexo al Plan Director cuya variación sobre la actuación inicial se ha realizado en base a estudio realizado para
este caso.
(01/20.426/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210617-30
ALC_CEN_P2_03
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