Madrid (BOCM-20210616-67)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Estudio detalle
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 142

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

BOCM-20210616-67

Expediente 135-2019-01912.
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de mayo de 2021,
adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Desestimar la alegación presentada durante el nuevo período de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe de la Subdirección
General de Planeamiento de 6 de mayo de 2021.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle para las parcelas situadas en
la calle de Casarrubuelos números 7, 9 y 11, distrito Chamberí, promovido por Bergomar
Inversiones, S. L., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 en relación con los artículos 61.5 y 62.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, con
indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de
la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido un ejemplar del Estudio de Detalle al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística, que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la
Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses,
a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.
Madrid, a 1 de junio de 2021.—El director general de Planeamiento, Javier Hernández
Morales.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(02/19.938/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791