Madrid (BOCM-20210616-64)
Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 142

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

BDNS: 569201
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias de las ayudas las entidades legalmente inscritas y reconocidas en su correspondiente registro con al menos un año de antigüedad a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y que tengan su domicilio social en el término municipal de Madrid
(salvo las Federaciones Deportivas Madrileñas y Españolas, que podrán tener su domicilio
social en el ámbito nacional), que a continuación se relacionan:
— Las Federaciones Deportivas madrileñas adscritas a las Federaciones Deportivas españolas reconocidas por la Comunidad de Madrid y por el Consejo Superior de Deportes.
— Las Federaciones Deportivas españolas reconocidas por el Consejo Superior de
Deportes.
— Las entidades deportivas madrileñas con personalidad jurídica propia previstas en
el capítulo II del título IV de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de
la Comunidad de Madrid, y reguladas por Decreto 199/1998, de 26 de noviembre
de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid inscritas en
el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, así como las entidades que hayan constituido en su seno secciones de acción deportiva sujetas al
marco jurídico mencionado y que se encuentren inscritas en el citado Registro de
Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.
— Las Fundaciones legalmente reconocidas, clasificadas e inscritas en el Registro de
Fundaciones, que tengan entre sus actividades las relacionadas con el deporte.
— Otras entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Asociaciones del
Ministerio del Interior cuando la actividad deportiva que organicen esté autorizada por la Federación Deportiva correspondiente o afín a la modalidad deportiva
que desarrollen, o bien por el Ayuntamiento de Madrid.
No podrán ser beneficiarias las entidades anteriores en las que concurra alguna de las
circunstancias que se determinan en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Serán obligaciones de las entidades beneficiarias, las establecidas en el artículo 14 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Objeto.—El objeto de la presente convocatorias es la financiación a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actos de promoción deportiva y grandes
eventos deportivos en el municipio de Madrid.
A los efectos de la presente convocatoria se considerarán grandes eventos los siguientes:
— Prueba deportiva de carácter interautonómico, con una participación mínima de
representantes de 5 comunidades autónomas.
— Prueba deportiva de carácter nacional, con una participación mínima de seis comunidades autónomas.
— Prueba deportiva de carácter internacional, con una participación mínima de tres países.

BOCM-20210616-64

Extracto del Decreto de 8 de junio de 2021, de la delegada de Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro para el apoyo a
la celebración en nuestra ciudad de eventos deportivos, tanto de promoción deportiva como
grandes eventos durante la temporada 2020-2021, aprobando las correspondientes bases.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):