Madrid número 18 (BOCM-20210616-100)
Procedimiento 738/2021
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOCM
B.O.C.M. Núm. 142

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JUNIO DE 2021

Pág. 309

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
100

MADRID NÚMERO 18
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 738/2021
entre D./Dña. LIWU CHEN y D./Dña. CARLOS ROMERO-SALAZAR PEREZ por un
presunto delito de Amenazas, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. ANGEL JOSE
LERA CARRASCO.
Lugar: Madrid.
Fecha: 26 de abril de 2021.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En este Juzgado se ha recibido atestado de Madrid-Comisaría de Moratalaz por posible infracción penal cometida el 25/04/2021 en la localidad de Madrid.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Los hechos relatados podrían hacer presumir la posible comisión de un
delito leve de Amenazas y Lesiones por lo que procede tramitar las presentes diligencias
según lo establecido en los artículos 965 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, siendo competente este Juzgado para el enjuiciamiento de los hechos conforme a las
normas de la competencia objetiva, territorial y de reparto en virtud de lo establecido en el
art. 14 del citado texto legal, artículos concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
y normas de reparto vigentes.
SEGUNDO.- No obstante, de lo actuado no resulta debidamente justificada la perpetración del delito leve que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 641-1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede,
por ahora, decretar sobreseimiento provisional de las actuaciones.
PARTE DISPOSITIVA
INCOESE JUICIO POR DELITO LEVE, registrándose como Juicio sobre delitos leves nº 738/2021.
Se acuerda el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL Y EL ARCHIVO de las actuaciones, que será DEFINITIVO una vez transcurrido el plazo de UN AÑO desde la fecha de
la firmeza de esta resolución.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, y al Mº Fiscal.
Contra esta resolución cabe interponer RECURSO DE REFORMA y SUBSIDIARIO DE APELACIÓN dentro de los TRES DÍAS siguientes a su notificación, o bien,
RECURSO DE APELACIÓN DIRECTO dentro de los CINCO DÍAS siguientes a la última notificación.

El/La Juez/Magistrado-Juez.-El/La Letrado/a de I Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. IWU CHEN expido y firmo la presente.
En Madrid, a 21 de mayo de 2021.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN
(03/18.570/21)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210616-100

Lo acuerda y firma S.Sa. Doy fe.