Boadilla del Monte (BOCM-20210616-70)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 142

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JUNIO DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BOADILLA DEL MONTE

De conformidad con lo establecido en el apartado 10.4 de las Bases Generales de Selección del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Boadilla del Monte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 142, de 15 de junio de 2018), así como en la
base 5.3 de las específicas que rigen el proceso selectivo convocado para la provisión, por
turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Técnico de Gestión
del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, se hace pública, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la relación definitiva de personas aspirantes excluidas y las causas que han motivado la exclusión, que se incluye como anexo I al
presente anuncio, así como indicación del lugar donde se encuentran expuestas al público
la relación definitiva completa de personas aspirantes admitidas y excluidas, todo ello en
virtud de Decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal, Régimen Interior y Compras número 2779/2021, de fecha 1 de junio, del siguiente tenor:
1.o Aprobar la relación definitiva completa de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo convocado para la cobertura en propiedad, por turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Técnico de Gestión del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, y que se incorpora como Anexo I a la presente resolución.
2.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, con indicación exclusivamente de las personas aspirantes excluidas definitivamente y las causas que motivaron su exclusión, y estableciendo el tablón de
edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte como lugar donde se
expondrán las relaciones definitivas certificadas y completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base específica 5.3ª.
3.o De conformidad con el acuerdo adoptado por el Tribunal Calificador en su sesión constitutiva de fecha 26 de mayo de 2021, el primer ejercicio (teórico) de la fase de
oposición tendrá lugar el día 12 de julio de 2021, a las 10:00 horas, en el Pabellón Deportivo del CEIPSO Príncipe Don Felipe, sito en la calle Juan Carlos I, número 40, de
Boadilla del Monte.
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, y se entenderá
desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-

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