Madrid número 20 (BOCM-20210616-147)
Ejecución 49/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 16 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 142

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
147

MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social
número 20 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 49/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a
instancia de D./Dña. MAURICIO JOSE RIZO GOMEZ frente a D./Dña. JOSE CASERO
(ATELIER JOSE CASERO) y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de fecha 24/05/2021 cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 4.125,00 euros de principal; se declara la insolvencia provisional total del ejecutado D./Dña. JOSE CASERO (ATELIER JOSE CASERO), sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS).
Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, que se enviará por
correo certificado con acuse de recibo a la dirección que consta en el escrito de solicitud de
ejecución.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTIN
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. JOSE CASERO (ATELIER
JOSE CASERO), en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin
Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/18.701/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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En Madrid, a veinticuatro de mayo de dos mil veintiuno.