Ciempozuelos (BOCM-20210615-44)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 141

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44

CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de convocatoria y bases reguladoras de la concesión de ayudas de comedor
para menores escolarizados en centros educativos públicos de Ciempozuelos, que cursen
segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria en el curso escolar 2021-2022.
BDNS 568660

BOCM-20210615-44

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias).
Primero. Beneficiarios.—Alumnos y alumnas escolarizados/as en alguno de los cuatro centros de Educación Infantil y Primaria públicos (CEIP) del municipio, cuya renta familiar “per cápita” sea inferior a 9.000 euros.
Segundo. Objeto.—La ayuda únicamente atenderá los gastos generados por la asistencia al comedor escolar del centro educativo en el que se encuentres matriculado el menor, durante la comida de mediodía.
El sistema de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva. Las ayudas
se concederán a instancia de parte y tendrán carácter finalista, destinándose únicamente al
objeto para el que haya sido concedida.
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria.—Las bases reguladoras de la concesión de ayudas de comedor para menores escolarizados en centros educativos públicos de
Ciempozuelos, que cursen segundo ciclo de Educación Infantil o Educación Primaria en
el curso escolar 2021-2022, aprobadas por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 27 de
mayo de 2021. La convocatoria se ha efectuado por resolución de Alcaldía número 1486,
de 3 de junio de 2021. El texto íntegro de las mismas se encuentra publicado en los tablones de anuncios de los centros escolares y en la Página web del Ayuntamiento de Ciempozuelos (www.ayto-ciempozuelos.org).
Cuarto. Cuantía.—La cuantía global máxima destinada a la convocatoria de las
ayudas reguladas asciende a la cantidad de 100.000 euros y podrá ser ampliada a la cuantía de 180.000 euros, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria del Programa 323.0, subconcepto 480.02, “Enseñanza ayudas educativas”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo general de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de las Bases y de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Las solicitudes habrán de entregarse debidamente cumplimentadas y acompañadas de los documentos correspondientes en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si la solicitud no reuniese toda la
documentación exigida o la presentada adoleciera de algún defecto formal, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles, aporte
los documentos preceptivos o subsane la falta.
En Ciempozuelos, a 4 de junio de 2021.—La alcaldesa, Raquel Jimeno Pérez.
(03/20.564/21)

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ISSN 1989-4791