C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20210615-19)
Convocatoria reconocimientos y menciones –  Orden de 26 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueba la cuarta convocatoria de los Reconocimientos y las Menciones en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid correspondiente al año 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 141

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 15 DE JUNIO DE 2021

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mitirlo al Registro del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo,
sito en la calle Ventura Rodríguez, número 7, segunda planta), así como en los
registros electrónicos de cualquiera de los sujetos referidos en el artículo 2.1
(Administración el Estado, Administración de las Comunidades Autónomas,
las entidades que integran la Administración Local, y el Sector Público Institucional).
b. En las oficinas de correos, en cuyo caso deberá realizarlo en sobre abierto, con
objeto de que en la misma figure el sello de dicho órgano y la fecha de su presentación.
c. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el
extranjero en cuyo caso deberá realizarlo en sobre abierto, con objeto de que
en la misma figure el sello de dicho organismo y la fecha de su presentación.
d. En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
b) Tramitación telemática, en los casos en que sea obligatorio y recomendable en el
resto.
Se deberá presentar por Internet, a través del registro Electrónico de la Consejería
de Economía, Empleo y Competitividad del portal de la Comunidad de Madrid
(www.comunidad.madrid) para lo que es necesario disponer de uno de los Certificados
Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la
Comunidad de Madrid considere valido en los términos y condiciones que se establezcan
específicamente para cada tipo de firma.
3. En el caso de que alguna persona jurídica presente su candidatura presencialmente
se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos,
se considerará como fecha de presentación de la candidatura aquella en la que haya sido realizada la subsanación, de conformidad con lo previsto en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
4. Los sujetos relacionados en el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con la Comunidad de
Madrid, para la realización de cualquier trámite en este procedimiento administrativo y, en
este caso, la notificación se realizará también a través de medios electrónicos, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal, mediante el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid (NOTE), para lo que deberán estar datos de
alta en el mismo.
Quinto
1. A la candidatura deberá acompañarse la documentación que se relaciona a continuación:
a) Poder de representación.
b) Documentación acreditativa del número de trabajadores de la empresa.
c) En el caso de personas físicas, documento nacional de identidad del solicitante, y
de la persona autorizada, en su caso. En el caso de personas jurídicas, documentación acreditativa de la personalidad jurídica.
d) Memoria explicativa de las buenas prácticas preventivas desarrolladas, indicando
sus características fundamentales y exponiendo las razones por las cuales se propone la candidatura, con especial indicación del beneficio tangible que la práctica
supone en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como cualquier información adicional que, a juicio del solicitante, pueda contribuir a la mejor evaluación
de la propuesta, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el artículo 16 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, del Consejo de Gobierno.
En todo caso, esta memoria explicativa deberá contener, al menos:
1) Objeto y finalidad de la actuación candidata al Reconocimiento.
2) Justificación del carácter innovador de la medida adoptada, así como, en su
caso, su adecuación a los temas considerados prioritarios en la presente convocatoria.
3) Justificación de la actuación: identificación y alcance de la problemática detectada.

BOCM-20210615-19

Documentación que ha de acompañar a la candidatura