Alcobendas (BOCM-20210614-54)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 140

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54

ALCOBENDAS
RÉGIMEN ECONÓMICO

Convocatoria de subvenciones 2021 a las asociaciones del ámbito de participación ciudadana.
BDNS (Identif.): 568988

BOCM-20210614-54

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/568988).
Primero. Beneficiarios.—Las asociaciones, fundaciones y entidades análogas que
desarrollen proyectos en el ámbito de Participación Ciudadana en el municipio de Alcobendas. También podrán solicitar subvención las personas físicas o jurídicas sin personalidad
que desarrollen actividades que se encuadren en el ámbito recogido en la presente convocatoria.
Segundo. Objeto.—La promoción, funcionamiento y actuación de las asociaciones
de vecinos y redes asociativas. Las actividades de animación sociocultural, de ocio y tiempo libre, destinadas al fomento del asociacionismo, la creatividad asociativa y participación
vecinal, y todas aquellas actividades que fomenten procesos y metodologías que promuevan la participación asociativa, etc.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza Municipal Reguladora de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, aprobada definitivamente por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día 27
de enero de 2009 y publicada el día 20 de febrero de 2009 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo destinado a estas subvenciones es
de 12.070,48 euros, con cargo a la partida 272 92400 48000 del presupuesto general del municipio vigente para el año 2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención y el
resto de documentación exigida por la ordenanza a la que se hace referencia en el punto 1 de
esta convocatoria se presentarán, dentro del plazo de treinta días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Alcobendas, a 9 de junio de 2021.—El concejal-delegado de Distrito Norte, Participación Ciudadana y Cooperación al Desarrollo, José María Tovar Holguera.
(03/20.920/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791