Madrid número 29 (BOCM-20210614-148)
Procedimiento 396/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 140

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
148

MADRID NÚMERO 29
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 396/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
Dña. GABRIELA INÉS ROJAS ALBORNOZ frente a MINISTERIO FISCAL, FOGASA
y D&B CLÍNICA DENTAL GREEN S.L sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado
la siguiente sentencia de fecha 11/03/2021:
Estimo la demanda de despido formulada por Dª Gabriela Inés Rojas Albornoz contra
D&B Clínica Dental Green, S.L., S.L., y declaro la improcedencia del despido y extinguido el contrato de trabajo con efectos de esta sentencia, con derecho del demandante a percibir la indemnización de 5.316,16 Euros así como la de 47,15 euros diarios en concepto de
salarios de tramitación por el periodo entre el despido y el 22/9/2020, debiéndose descontar de esta última cantidad lo que, en su caso, hubiera podido percibir la actora en concepto de prestaciones por desempleo durante el periodo concurrente. Asimismo, condeno a la
empresa al abono de la cantidad de 2.373,29 euros brutos más el interés del 10 por 100
y 707,25 euros más el interés legal del dinero.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D&B CLÍNICA DENTAL GREEN S.L, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a doce de marzo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210614-148

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/18.173/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791