San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20210614-87)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 140

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
87

SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

Se ha dictado decreto por la alcaldesa, doña Mercedes Zarzalejo Carbajo, en fecha 26
de mayo de 2021, número 2021-0846, con el tenor literal siguiente:
“Visto que con fecha 16 de septiembre de 2020, mediante resolución número 2020-1857,
esta Alcaldía delegó en la Junta de Gobierno Local la atribución de concesión de licencias urbanísticas de obra, excepto las que no requieran proyecto técnico, las de demolición, de parcelación y de primera ocupación, así como las de implantación de actividades.
Visto que dicha delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así
como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de
actos administrativos que afecten a terceros.
El artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico
de las Entidades Locales establece que las delegaciones se realizarán por resolución del alcalde, contendrán el ámbito de los asuntos delegados y las facultades que se delegan, así
como las condiciones del ejercicio de las mismas. Las delegaciones surtirán efectos desde
el día siguiente de la fecha de la resolución, sin perjuicio de que habrá de darse cuenta al
Pleno de las mismas en la primera sesión que celebre y de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por su parte, los artículos 114 a 118 del citado Reglamento regula el régimen de las delegaciones entre los órganos necesarios al que la presente delegación ha de ajustarse.
Siendo una necesidad urgente el ir aprobando y tramitando la concesión de licencias
de obra mayor.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120
y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:
Primero.—Avocar la competencia asumida por la Junta de Gobierno Local, en virtud
de lo dispuesto en la resolución de esta Alcaldía de delegación de competencias de fecha
16 de septiembre de 2020, para la aprobación de las siguientes licencias de obra mayor:
— Expediente 1454/2019. Obra mayor.
— Expediente 3182/2019. Obra mayor.
— Expediente 5641/2019. Obra mayor.
— Expediente 5734/2019. Obra mayor.
— Expediente 5796/2019. Obra mayor.
— Expediente 5984/2019. Obra mayor.
— Expediente 9/2020. Obra mayor.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2868/1986,
de 28 de noviembre.
Segundo.—Delegar en el Pleno Municipal la competencia para la concesión de las licencias de obras:
— Expediente 1454/2019. Obra mayor.
— Expediente 3182/2019. Obra mayor.
— Expediente 5641/2019. Obra mayor.
— Expediente 5734/2019. Obra mayor.
— Expediente 5796/2019. Obra mayor.
— Expediente 5984/2019. Obra mayor.
— Expediente 9/2020. Obra mayor.

BOCM-20210614-87

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO