Móstoles número 1 (BOCM-20210614-177)
Ejecución 33/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 140

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 14 DE JUNIO DE 2021

Pág. 323

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
177

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 33/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ANTONIA MARÍA GALLARDO DÍAZ, D./Dña. ANA ISABEL
GARCÍA ZAMORANO, D./Dña. MARÍA LUISA PEINADO SAUGAR, D./Dña. YOLANDA MELÉNDEZ ORTIZ, D./Dña. LUISA GUERRERO PRIETO, D./Dña. ANTONIA TREJO MIGUEL, D./Dña. MIRIAM GARCÍA LÓPEZ, D./Dña. MARÍA JOSÉ DURÁN TORRES, D./Dña. ADORACIÓN BARAHONA SÁNCHEZ, D./Dña. GEMA
CALVO GONZÁLEZ, D./Dña. SUSANA GARCÍA REBOLLEDO y D./Dña. JOHANA
FRANCISCA ROJAS COLIHUINCA frente a ALIMENTACIÓN Y HOSTELERÍA MADRILEÑA S.A. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 4.954,76 euros de principal (desglosado según consta en auto despachando ejecución), y 750 euros calculados para
intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado ALIMENTACIÓN Y HOSTELERÍA MADRILEÑA S.A., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA D./Dña. MARIA VICTORIA
ESTEBAN DELGADO
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ALIMENTACIÓN Y
HOSTELERÍA MADRILEÑA S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a diecinueve de mayo de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

BOCM-20210614-177

(03/18.331/21)

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ISSN 1989-4791