Getafe número 6 (BOCM-20210611-89)
Procedimiento 428/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 138

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
89

GETAFE NÚMERO 6
EDICTO

Dña. PALOMA DUPUY MATEOS, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de
1ª Instancia e Instrucción num. 6 de Getafe, da fe, que en este Juzgado se siguen autos
de procedimiento Procedimiento Ordinario num. 428/2019 instados por Procurador Dña.
MARIA DEL MAR PINTO RUIZ en nombre y representación de Dña. MARIA PAZ
RUIZ ORTEGA contra D. VINICIUS DE PAULA SANTANA, en los que se ha dictado
en fecha 08/03/2021 sentencia, cuya Parte Dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña María del Mar Pinto Ruiz, en nombre y representación de DOÑA MARÍA PAZ
RUIZ ORTEGA, como parte demandante, frente a DON VINICIUS DE PAULA SANTANA, como parte demandada, debo declarar y declaro no haber lugar a la privación de la patria potestad de Don Vinicius de Paula Santana respecto del hijo menor de la pareja, y, en su
lugar, debo acordar la atribución del ejercicio de la patria potestad en exclusiva a la madre,
con el mantenimiento de la obligación de abono de pensión de alimentos y gastos extraordinarios en los términos fijados en la Sentencia de divorcio de mutuo acuerdo dictada en fecha
9 de diciembre de 2020 en el procedimiento 733/2010 por el Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción nº 6 de Getafe; todo ello sin expresa condena en costas a ninguna de las partes.
Modo de impugnación.- Esta resolución, que será notificada a las partes, no es firme y
frente a ella, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de
Madrid, por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación, en los términos establecidos en el art.455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, recurso para el que, de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, será necesaria, como requisito de admisibilidad, la constitución de depósito de 50 euros en la Cuenta
de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado, haciendo constar el dígito 02.
Así lo acuerda, manda y firma Doña Mirian Sánchez Calvo, Magistrada-Juez titular
del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Getafe.
PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la Ilustrísima
Sra. Magistrada-Juez, estando celebrando audiencia pública en el día de hoy, que es el de
su fecha, por ante mí, el Letrado de la Administración de Justicia, de lo que doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. VINICIUS DE
PAULA SANTANA y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este tribunal.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/19.607/21)

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ISSN 1989-4791

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En Getafe, a 25 de mayo de 2021.