Madrid número 32 (BOCM-20210611-135)
Ejecución 88/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 11 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 138

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
135

MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Fojón Chamorro, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social
número 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 88/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a
instancia de D./Dña. RUBEN VALDIVIESO FERNANDEZ-ROLDAN frente a SERMAN
KIDS SL sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA.- En Madrid, a catorce de mayo de dos mil veintiuno.
La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar ha tenido
entrada en este Juzgado escrito y copias, presentado por D./Dña. RUBEN VALDIVIESO
FERNANDEZ ROLDAN, solicitando la ejecución de la sentencia de 24/01/2020, por la
que se condena a SERMAN KIDS SL al pago de cantidad líquida; así mismo, hago constar
que dicho título es firme. Paso a dar cuenta. Doy fe.
AUTO
En Madrid, a catorce de mayo de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. RUBEN VALDIVIESO FERNANDEZ ROLDAN, frente a la demandada SERMAN KIDS SL, parte ejecutada, por un principal de 14.603,63 euros, más 2.920,72 euros
del 20 % de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las
posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en
los términos previstos en el artículo 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la
cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander 2805-0000-64-0088-21.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado – Juez.
D./Dña. SONIA LOPEZ RAMALLO.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación
a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60
L.R.J.S. Doy fe.
DECRETO
En Madrid, a catorce de mayo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210611-135

EL MAGISTRADO-JUEZ