Parla (BOCM-20210610-95)
Régimen económico. Padrones fiscales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 137

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JUNIO DE 2021

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BOCM-20210610-95

de acuerdo con lo establecido en los artículos 137 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición ante el concejal-delegado del Área de Nuevas Tecnologías, Recursos
Humanos, Economía y Hacienda, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón, o bien
directamente, reclamación económico administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Jurado Económico-Administrativo del Ayuntamiento de la Villa
de Parla, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización del
período voluntario de pago, según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento Orgánico del Jurado Económico Administrativo del Ayuntamiento de Parla (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 96, de 23 de abril de 2010).
Se advierte que la interposición de recurso no detendrá la acción administrativa
para el cobro, salvo que el interesado solicite, dentro del plazo de interposición del
mismo, la suspensión de la ejecución del acto impugnado de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2.i) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, y en los artículos 233 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 a 28 del Reglamento Orgánico del Jurado Económico Administrativo del Ayuntamiento de Parla
En Parla, a 27 de mayo de 2021.—El concejal-delegado de Área Nuevas Tecnologías,
Recursos Humanos, Economía y Hacienda, Andrés Correa Barbado.
(01/19.297/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791