C) Otras Disposiciones - CÁMARA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM-20210610-31)
Instrucción control interno –  Resolución de 27 de mayo de 2021, del Presidente de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de 27 de mayo de 2021, por el que se aprueba la Instrucción sobre el procedimiento para la remisión de la información relativa al ejercicio del control interno de las Entidades Locales del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 137

JUEVES 10 DE JUNIO DE 2021

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refiere el artículo 2.1.b) de la Ley 11/1999, de 29 de abril, de la Cámara de Cuentas de la
Comunidad de Madrid.
Segundo
Información a remitir
Con respecto al contenido de la obligación a remitir, se aplicará lo dispuesto en la Instrucción del Tribunal de Cuentas, aprobada por el Pleno en fecha 19 de diciembre de 2019
(“Boletín Oficial del Estado” 17 de enero de 2020), que regula la forma, alcance y procedimiento que debe seguirse por el cumplimiento de ese deber de remisión previsto en el artículo 218.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado
mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en los artículos 5.2, 12.5, 15.7
y disposición adicional quinta del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local.
La información se presentará a través del módulo específico de control interno que
se ha diseñado en la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales
(www.rendiciondecuentas.es).
Tercero
Solicitud de otra documentación
Con independencia de la información y documentación a que se refiere el apartado anterior, la Cámara de Cuentas, como consecuencia del análisis de la información remitida,
podrá solicitar a las entidades locales el envío de documentación adicional relacionada con
los expedientes de ingresos y de gastos a los que se refiere la comunicación de datos, o con
cualesquiera otros que se tenga por conveniente.
Cuarto
Efectos

BOCM-20210610-31

Esta Instrucción producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 27 de mayo de 2021.—El Presidente en funciones, Carlos Salgado Pérez.
(03/19.570/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791